Resumen
La gestión del ciclo integral del agua urbana abarca la completa y compleja labor de manejo de los sistemas o procesos que permiten el suministro de agua para su uso y reutilización, así como el saneamiento de las aguas residuales generadas. A lo largo de todo este ciclo integral existen actores encargados de los aspectos técnicos y de la gestión comercial, sistema de tarifas, atención al cliente, análisis de indicadores y datos, y elaboración de estándares y normativa técnica.
En el caso de las islas Baleares y Canarias su condición de insularidad acentúa la complejidad de resolver adecuadamente el abastecimiento de sus poblaciones con seguridad.
Los Presupuestos Generales del Estado para el 2023 recogieron en el estado de gastos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (aplicación presupuestaria 23.05.452A.755) un crédito presupuestario por importe total de 20.000.000 de euros para financiar inversiones en actuaciones relativas al ciclo integral del agua en la Comunidad Autónoma de Baleares y un crédito presupuestario por importe total de 20.000.000 de euros para financiar inversiones en actuaciones relativas al ciclo integral del agua en la Comunidad Autónoma de Canarias (aplicación presupuestaria 23.05.452A.753).
Por otra parte, estas dos subvenciones forman parte del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2025-2027 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, aprobado por Orden de la Ministra de 16 de enero de 2025 y están incluidas dentro del objetivo estratégico 6: Alcanzar el buen estado de las masas de agua, la seguridad hídrica y la depuración de aguas residuales, promoviendo un uso racional y sostenible de los recursos naturales. Compatibilizar estas acciones con la conservación del medio ambiente, la restauración de ecosistemas y su biodiversidad, contribuyendo además a la adaptación al cambio climático en el sector del agua y a la mitigación de los impactos de inundaciones y sequías, en particular, en la línea de subvención 6D16. Actuaciones en materia de agua en las islas Canarias y Baleares, contribuyendo al logro de dicho objetivo mediante la mejora de la calidad de las aguas, el incremento de la garantía del suministro de recursos hídricos y la adaptación y protección frente a fenómenos extremos.
Por ello y para garantizar la continuidad del esfuerzo que se viene realizando por ambas comunidades autónomas, el Estado tiene interés en colaborar, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con las Comunidades Autónomas de Illes Balears y Canarias para que puedan acometer inversiones en actuaciones relativas al ciclo integral del agua que permitirán una utilización más racional y eficiente de los recursos hídricos, protegiendo el medio ambiente y evitando una sobreexplotación de los mismos y contribuirán a la mejora de la calidad de vida de las poblaciones balear y canaria.
Existen razones de interés público y social de primer orden que justifican la concesión de una subvención de forma directa, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para lo cual se tramita el presente borrador de Real Decreto. conforme a los principios previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que rigen el ejercicio de la potestad reglamentaria
El importe de la subvención será de veinte millones de euros (20.000.000 €) para cada una de las Comunidades Autónomas señaladas y se abonará con cargo al presupuesto de la Dirección General del Agua, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico previsto en la prórroga para 2026 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en 2025.
De conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete el texto del precitado proyecto de real decreto al trámite de información pública durante un periodo de quince días hábiles.
Los comentarios y alegaciones se pueden realizar a través del buzón bzn-uadgajur@miteco.es indicando en el asunto: “Observaciones al Real Decreto de Subvención directa a Baleares y Canarias”.
PLAZO PARA LA INFORMACIÓN PÚBLICA: del 3 al 23 de junio de 2026, ambos inclusive.
Lekualdatze epea
Deadline for submitting documents from asteazkena, ekaina 03, 2026 until asteartea, ekaina 23, 2026