(FIN DE PLAZO 2021-09-30) Proyecto de orden ministerial por la que se establecen los criterios para determinar cuándo las escorias de horno de arco eléctrico (acero al carbono, cobre y silicomanganeso) destinadas para uso como árido (en aplicaciones ligadas y no ligadas) y para otros usos, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

Consulta:

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Resumen

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas, potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. 
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación. 
c) Los objetivos de la norma. 
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a una futura Orden Ministerial por la que se establecen los criterios para determinar cuándo las escorias obtenidas durante la fundición de horno de arco eléctrico (acero al carbono, cobre y silicomanganeso) y destinadas a su uso como árido (en aplicaciones ligadas y no ligadas) y otros usos: como materia prima en la fabricación de productos de construcción (cemento y clínker) y como material abrasivo, dejan de ser residuos con arreglo al artículo 5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones, cumplimentadas en el cuadro incluido a tal efecto, que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico: bzn-sug_residuos@miteco.es
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización/persona, teléfono de contacto y correo electrónico) y se remitan en el formato establecido.
El plazo para remitir sugerencias finalizó el 30 de septiembre de 2021.
Muchas gracias por su colaboración. 

Prazo de remisión

Prazo para enviar argumentos a partir do día mércores, 28 de xullo de 2021 ata o día xoves, 30 de setembro de 2021