Proyecto de Orden sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario

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Resumen

La orden ministerial que se propone regula la documentación que deben proporcionar los titulares de las depuradoras de aguas residuales, la información que debe acompañar todo transporte de lodos destinado a la actividad agraria, y la que deben proporcionar los operadores que realizan la aplicación en los suelos de los lodos tratados; todo ello con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Directiva 86/278/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1986, relativa a la protección del medio ambiente y, en particular de los suelos, en la utilización de los lodos de depuradora en agricultura, de mantener un Registro Nacional de Lodos y de elaborar y trasladar a la Comisión Europea un informe de síntesis sobre la aplicación de lodos.

El plazo para el envío de observaciones al texto finalizó el 26 de noviembre de 2012.

 

Prazo de remisión

Prazo para enviar argumentos a partir do día martes, 16 de outubro de 2012 ata o día luns, 26 de novembro de 2012