Resumen
Por Orden Ministerial de 20 de junio de 1994 se aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa comprendido desde la desembocadura del río Serpis al sur del Puerto de Gandía, hasta el límite del suelo urbano a lo largo del Paseo Marítimo de Gandía (Valencia).
Entre 2018 y 2019, se realizaron las obras para dar acceso a la zona de servicio del Puerto de Gandía por su parte sur con la carretera N-337, en el entorno de la playa Venecia (vértices M-84 a M-89), mediante la construcción de un puente que cruza el río Serpis, así como de una rotonda que conecta con el barrio de Venecia. Debido a las obras realizadas, parte de los terrenos de la ribera del mar han perdido sus características físicas de playa, de acuerdo con la definición recogida en el artículo 3.1 b) de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Con motivo de incoar el expediente de rectificación del deslinde, con fecha 2 de noviembre de 2023, la Demarcación de Costas en Valencia remitió a la Dirección General de la Costa y el Mar la solicitud para modificar la línea de ribera del mar en el tramo comprendido entre los vértices M-84 y M-89, en el entorno de la playa Venecia.
Por Resolución de 13 de diciembre de 2024, la Dirección General de la Costa y el Mar ha autorizado a la Demarcación de Costas en Valencia para que proceda, de oficio, a la incoación del expediente de rectificación, entre los vértices M-84 y M-89, del deslinde del dominio público marítimo-terrestre aprobado por Orden Ministerial de 20 de junio de 1994, para modificar la ribera del mar en el entorno de la playa de Venecia, término municipal de Gandía (Valencia).
La delimitación provisional autorizada para iniciar el procedimiento se concreta en una memoria técnica y un plano, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.
En virtud de todo lo anterior, se informa de que esta Demarcación de Costas ha acordado, con fecha 4 de junio de 2025, incoar de oficio el expediente que se referencia en el encabezado del presente anuncio, en los términos autorizados por la Dirección General de la Costa y el Mar y con los efectos previstos en el artículo 20 del Reglamento General de Costas y concordantes.
Siguiendo la tramitación del expediente se procede, por parte de la Demarcación de Costas en Valencia, a la apertura del período de INFORMACIÓN PÚBLICA, durante el plazo de UN (1) MES, de acuerdo con el artículo 21 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, para que cualquier persona pueda comparecer en el expediente, examinar el plano de la delimitación provisional y formular las alegaciones que estime oportunas.
El expediente, para su consulta, se encuentra en la Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre de la Dirección General de la Costa y el Mar (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Plaza de San Juan de la Cruz, nº 10, Madrid). Otro ejemplar podrá ser examinado en la Demarcación de Costas de este Ministerio en Valencia (C/ Joaquín Ballester nº 39 - 6ª), en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Esta documentación también podrá ser consultada en esta página.
Termini de remissió
Termini per presentar documents des del dia dimecres, 02 de de juliol de 2025 fins al dia dilluns, 04 de d’agost de 2025