Para realizar la notificación de exportación de productos químicos peligrosos prohibidos o severamente restringidos que estén en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 649/2012, el exportador debe:
1. Verificar que el producto químico a exportar se encuentra incluido en el Anexo I del citado Reglamento (para mayor facilidad consultar en la lista actualizada de la ECHA).
2. Solicitar Usuario y Contraseña para acceder a la versión de ePIC que es la aplicación informática de la Comisión Europea para el cumplimiento de las disponsiciones del Reglamento (UE) nº 649/20012 con respecto a las exportaciones.
Para comenzar el proceso el link sería: https://epic.echa.europa.eu/pic-industry-web/index.xhtml
Para plantear sus problemas en una consulta a la ECHA: http://echa.europa.eu/contact/helpdesk-contact-form
3. Una vez que es usuario de ePIC , cada vez que desee exportar deberá rellenar por completo la solicitud de notificación de la sustancia, la mezcla o el artículo siguiendo las instrucciones del manual elaborado por la Agencia Química Europea (ECHA).
A la hora de rellenar una notificación de exportación para una mezcla o artículo hay que tener en cuenta las siguientes indicaciones:
4. El plazo de presentación es como mínimo de 35 días antes de la fecha prevista de exportación, sin embargo, se recomienda que se presente lo antes posible, puesto que la exportación no podrá realizarse hasta pasados 35 días desde que la empresa exportadora envió la notificación.
Una vez recibida la notificación de exportación, la Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial comprobará que todo es correcto, y la remitirá a la Comisión europea. Ésta, dará su visto bueno, y validará el RIN para que pueda incluirse en la casilla 44 del Documento Administrativo Único (DUA) y pueda efectuarse la exportación a partir de la fecha prevista.
Para cualquier duda, envíen un correo electrónico a buzon-exporimporPQP@miteco.es