Aparatos eléctricos y electrónicos
- Recogida puerta a puerta.
- Puntos limpios fijos o móviles u otros centros de almacenamiento temporal.
- Cualquier otro sistema de recogida municipal de residuos previsto en las ordenanzas locales.
- Instalaciones de recogida autorizadas con las que las Entidades Locales tengan suscrito un acuerdo.
- Entidades de economía social autorizadas para la recogida de RAEE.
¿Dónde pueden depositar los consumidores los RAEE?

Los consumidores pueden entregar RAEE domésticos de forma gratuita en:
1. Las instalaciones de recogida de las Entidades Locales:
2. Los puntos de venta de los distribuidores:
Con independencia de la superficie de la zona de venta: Cuando los usuarios adquieran un nuevo AEE doméstico de tipo equivalente (1x1).
Con una zona de venta destinada a la venta de AEE con un mínimo de 400 m2: Cuando entreguen RAEE muy pequeños (ninguna dimensión mayor de 25 cm) en los puntos de venta de carácter minorista o en su proximidad más inmediata, sin la obligación de compra de un AEE de tipo equivalente (1x0).
En cualquier caso los distribuidores aceptarán, de forma gratuita, un RAEE equivalente al AEE vendido, en el momento de su suministro, indistintamente si éste se realiza en el punto de venta del distribuidor o en el domicilio del usuario.
El distribuidor que comercializa productos a través de la venta a distancia deberá cumplir con las mismas obligaciones que un distribuidor con un punto de distribución físico. La entrega del RAEE se realizará bien en el punto de entrega del AEE o bien en el domicilio donde éste se suministre.
3. Las redes de recogida de RAEE domésticos establecidas por los productores a través de los sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada o bien a través de recogidas domiciliarias financiadas y organizadas por los propios fabricantes.
En el caso que un RAEE profesional no es sustituido por un AEE de tipo equivalente, ya sea un residuo histórico (procedente de un AEE introducido en el mercado antes del 15 de agosto de 2005) o un residuo huérfano (el fabricante introduce el AEE después de 2005 y ya no existe cuando se genera el residuo), la organización y financiación de su gestión quedarán a cargo del usuario. En los demás casos, la recogida correrá a cargo de los productores de AEE profesionales (recogida uno por uno) a través de los sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
4. Los gestores autorizados para la recogida de RAEE.
Los RAEE, en el momento de su entrega y primera recogida serán identificados con etiquetas que puedan ser leídas electrónicamente y que garantice su control y trazabilidad. Las etiquetas se desarrollarán conjuntamente con la plataforma electrónica de datos de RAEE, que será implantada por el MAGRAMA y su uso se implantará una vez que la plataforma esté en marcha y según el formato que se considere adecuado para garantizar su adecuado funcionamiento con la plataforma informática de datos.
La etiqueta será incorporada en la primera recogida de RAEE: en los puntos limpios, las tiendas y los gestores de recogida y permitirá el control de su adecuada recogida y gestión por parte de las administraciones competentes. Ver nota sobre etiquetas de lectura electrónica.
Aparatos eléctricos y electrónicos
- NOVEDADES EN LA IMPLEMENTACION DEL REAL DECRETO
- Nota informativa sobre la tecnología RFID y el real decreto 110/2015 sobre residuos de AEE 157,63 Kb
- Nota informativa ampliación ámbito RD RAEE en agosto 2018 357,04 Kb
- Nota Plataforma RAEE Jornadas 2018 422,06 Kb
- Obligaciones Sistemas Colectivos RAEE 292,32 Kb
- Plataforma electrónica de gestión de RAEE
- Objetivos de recogida separada de RAEE
- Resolución y objetivos mínimos recogida de RAEE 2021 438,69 Kb
- Requisitos técnicos a cumplir por las instalaciones de tratamiento de RAEE 2,14 Mb
- Preguntas Frecuentes RD 110/2015 RAEE 1,51 Mb
- ASPECTOS GENERALES
- Introducción al régimen jurídico de los aparatos eléctricos y electrónicos
- ¿Cuál es el ámbito de aplicación del Real Decreto 110/2015?
- ¿Cuáles son los principales objetivos del Real Decreto 110/2015?
- ¿Cuáles son las principales novedades del Real Decreto 110/2015?
- ¿Qué son los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)?
- ¿Qué categorías de AEE existen?
- ¿Qué materiales y componentes tienen los RAEE?
- ¿Cómo puede prevenirse la generación de RAEE?
- ¿Por qué se deben gestionar adecuadamente los RAEE?
- ¿Cuál es el ciclo de gestión de los RAEE?
- ¿Dónde pueden depositar los consumidores los RAEE?
- ¿Cuáles son las condiciones de recogida y transporte de RAEE?
- ¿Cuáles son las condiciones de almacenamiento de RAEE?
- ¿Cuáles son los objetivos mínimos de recogida separada?
- ¿Cómo se tratan los RAEE?
- ¿Cuáles son los objetivos mínimos de valorización?
- CONTENIDOS ADICIONALES
- Spanish legislation on waste of electric and electronic equipments (WEEE): Royal Decree 110/2015 of 20 february.
- Nota sobre etiquetas de lectura electrónica. 320,74 Kb
- Presentaciones