Consulta pública relativa al proyecto de modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio en materia del Registro de Aguas y otros aspectos de gestión del dominio público hidráulico

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Resumen

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas, potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:

  1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. 
  2. La necesidad y oportunidad de su aprobación. 
  3. Los objetivos de la norma. 
  4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. 

En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a un futuro proyecto de Real Decreto de modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio que tiene previsto tramitarse.

Esta modificación se centrará fundamentalmente en mejorar la normativa existente en diversas materias relacionadas con la implantación del Registro de Aguas y otras materias fundamentalmente del Título II, Título III, Título IV, Título VII y disposiciones adicionales y transitorias asociadas, relacionadas con la administración y gestión del dominio público hidráulico. Así mismo, en aras de la seguridad jurídica, se pretende actualizar ciertos artículos que requieren su adaptación a la legislación vigente con el fin de adaptar el contenido de ciertos artículos a la legislación de procedimiento administrativo de las administraciones públicas.

A tal efecto se dispone un plazo de 15 días naturales para remitir las observaciones u opiniones que se consideren, que deberán ser remitidas a este buzón de la Subdirección General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico, indicando en el asunto: “Observaciones a las modificación del RDPH, Registro de Aguas y otros aspectos”.

El plazo para enviar sugerencias finaliza el 17 de julio de 2019.

Prazo de remisión

Prazo para enviar argumentos a partir do día martes, 02 de xullo de 2019 ata o día mércores, 17 de xullo de 2019