Anteproyecto de la ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II

El Saneamiento de la Bahía de Palma fue declarado obra de interés general del Estado, por el Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero, de medidas urgentes sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo, publicado en el BOE núm. 52 de 2 de marzo de 1993, incluido en el Art. 9 Anexo III punto 6.

Las “Actuaciones de Saneamiento y depuración en Palma” se encuentran incluidas en el Anexo I “Actuaciones de interés general” del “Protocolo General entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y el Gobierno de las Islas Baleares, por el que se fija el marco general de colaboración en el ámbito del saneamiento y la depuración. Ejecución del Plan Nacional de Calidad de las Aguas: Saneamiento y Depuración 2007-2015”.

La finalidad de esta actuación es proporcionar la infraestructura necesaria para el tratamiento de las aguas residuales que son conducidas a la EDAR de Palma II hasta alcanzar la calidad requerida por la legislación española, restituyendo al dominio público agua depurada con la mayor calidad compatible con el respeto al medio ambiente e independizándola de la instalación de Palma I.

Las instalaciones que se diseñan en el anteproyecto de la EDAR de Palma II son:

  • Línea de agua. Bombeo agua bruta, pretratamiento, tratamiento primario con proceso físico-químico y decantación lamelar, tratamiento biológico convencional con eliminación de nutrientes, decantación secundaria, tratamiento terciario y depósito de agua tratada. 
  • Línea de fangos: espesamiento, digestión anaerobia en dos etapas, hidrólisis térmica y deshidratación en dos etapas. 
  • Línea de gas con cogeneración.
  • Tratamiento de retornos.


Con fecha 9 de julio de 2021, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental publicó en el Boletín Oficial del Estado nº 163 la resolución de 30 de junio de 2021, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II y emisario (Islas Baleares)».

Con fecha 7 de febrero de 2022, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente aprueba el informe de viabilidad de este proyecto según lo previsto en el artículo 46.5 de la Ley de Aguas.

Por resolución del 18 de febrero de 2022, de la Dirección General de Agua se aprueba técnicamente el “Anteproyecto de la ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II”.

El anuncio de aprobación del proyecto, como establece el artículo 42 de la Ley 21/2013, fue publicado en el B.O.E. nº 51 del martes 1 de marzo de 2022.