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Evaluación ambiental de los Planes de gestión del riesgo de inundación

La evaluación ambiental de los Planes de gestión del riesgo de inundación se ha realizado, en general, de forma simultánea a la del segundo ciclo de la Planificación Hidrológica. Conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la evaluación ambiental estratégica ordinaria constará de los siguientes trámites: 

Fase Responsable ejecución
1. Solicitud de inicio, acompañada del documento inicial estratégico y borrador del plan Promotor y órgano sustantivo
2. Consultas previas y elaboración del documento de alcance del estudio ambiental estratégico Órgano ambiental
3. Elaboración del estudio ambiental estratégico Promotor
4. Información pública y consultas a las Admistraciones públicas afectadas y personas interesadas Promotor y Órgano sustantivo
5. Análisis técnico del expediente y emisión de la declaración ambiental estratégica Órgano ambiental

Dando cumplimiento al artículo 18 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental, en febrero de 2020 la Dirección General del Agua remitió el documento inicial estratégico de los planes, hidrológico y de gestión del riesgo de inundación (PGRI), elaborados por las demarcaciones a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MITECO (órgano ambiental).

Posteriormente, el órgano ambiental remitió solicitud de consultas a las administraciones afectadas y al público interesado. A fin de dar la máxima publicidad posible al procedimiento de evaluación ambiental, los documentos iniciales estratégicos estuvieron también accesibles en las direcciones “web” de las confederaciones.

En julio de 2020, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental dio traslado a los organismos de cuenca de los documentos de alcance para la elaboración del estudio ambiental estratégico de los PGRI.

Gestión de los riesgos de inundación

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