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PATRIMONIOS PÚBLICOS: VÍAS PECUARIAS

Los Patrimonios Públicos son un legado, y nosotros somos meros depositarios y estamos obligados a trasmitírselos a las generaciones venideras, bien conservados y si es posible mejorados.

Julio Martín Casas

ORIGEN Y DEFINICIÓN DE LA RED

Las vías pecuarias son las rutas tradicionales usadas por el ganado trashumante para sus movimientos estacionales en busca de los pastos más productivos y para a tal efecto ya estaban protegidas desde al menos el siglo XII con la creación del “Honrado Concejo de la Mesta” por el rey Alfonso X en el año 1273. El territorio de la península ibérica, por su estructura y configuración, es paso obligado de los desplazamientos de los rebaños que buscan para su alimento los pastizales invernales de las dehesas de Andalucía y Extremadura y los pastos estivales de la Cordillera Cantábrica y Sistema Ibérico. El conjunto de los desplazamientos de ganado han configurado una tupida red de más de 12.000 km de longitud y 50.000 ha de superficie, siendo las Cañadas Reales las vías de mayor entidad. Éstas se conectan con otras de menor anchura, denominadas cordeles, veredas o coladas y todas ellas juntos con descansaderos y otras infraestructuras forman la Red General de Vías Pecuarias (RGVP). 

En este sentido, el Ministerio ha acordado la relación de aquellas que conforman de la Red Nacional de Vías Pecuarias (RNVP) para garantizar la continuidad de la Red y en consonancia con las CCAA. y por razones estratégicas, se ha decidido incluir

  • Grandes Cañadas Reales de la Mesta
  • Vías pecuarias de carácter interautonómico e interfronterizo
  • Cañadas, Cordeles y Veredas de especial interés

REGIMEN LEGAL, USOS Y CONSERVACIÓN

Reguladas de forma general por Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias, las vías pecuarias son bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas, y su gestión y administración corresponde a éstas en sus respectivos territorios. Más allá de la legislación básica muchas comunidades autónomas despliegan sus propias leyes, reglamentos y planes de actuación, mientras que conservan las principales facultades de la administración en la materia, consistentes en Clasificación, Deslinde y Amojonamiento

No obstante, la mencionada Ley confiere a la Administración General del Estado (actualmente, Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico), las facultades siguientes:

  • De intervención, en colaboración con las Comunidades Autónomas, para el aseguramiento de la integridad y adecuada conservación del dominio público de las vías pecuarias (art. 3.2).
  • De tutela sobre la Red Nacional de Vías Pecuarias, mediante el Informe preceptivo sobre actos dispositivos de las Comunidades Autónomas que afecten a dicha Red (art. 18.3).
  • De gestión (custodia y actualización) del Fondo Documental de Vías Pecuarias, en virtud de su reconocimiento formal (art. 18.5).


Las pecuarias constituyen un extenso y valioso patrimonio natural y cultural que, pese a su deterioro, sigue siendo clave para el tránsito ganadero y la producción de servicios ecosistémicos configurándose como Infraestructura verde capaz de mejorar las conectividad entre otros espacios naturales. Complementariamente, puede cumplir un importante papel para el fomento de los usos turístico-recreativos y del desarrollo rural. Las vías pecuarias son, por todo ello, de gran valor estratégico en la explotación racional de recursos naturales y en la ordenación del territorio.

En efecto, la ley manifiesta en su preámbulo que la red de vías pecuarias sigue prestando un servicio a la cabaña ganadera nacional que se explota en régimen extensivo con favorables repercusiones para el aprovechamiento de recursos pastables infrautilizados, para la preservación de razas autóctonas, también han de ser consideradas corredores ecológicos, esenciales para la movilidad geográfica y el intercambio genético de las especies silvestres. Finalmente, y atendiendo a una demanda social creciente, las vías pecuarias pueden constituir un instrumento favorecedor del contacto del hombre con la naturaleza y de la ordenación del entorno medioambiental.

 Si bien los desplazamientos de ganado han ido abandonándose progresivamente a la par que la ganadería extensiva se reducía, muchas vías pecuarias fueron ocupadas por otros usos productivos, infraestructuras, etc . No obstante, existen iniciativas para continuar o retomar el movimiento trashumante en varias de ellas y han empezado a recuperar todo su enorme potencial para constituir un valor fundamental en los procesos de conservación del patrimonio cultural, incrementando la heterogeneidad del paisaje, actuando como reservorios de biodiversidad, así como para la mejora de la calidad de vida en el medio rural. Por ello, cuando la sociedad actual ha generado una gran sensibilidad ante los procesos ecológicos y demanda espacios naturales para su ocio y recreo, las vías pecuarias son una herramienta para lograr el bienestar a que aspira, y es tarea de todos, no sólo a su defensa y conservación, sino también a su restauración y rehabilitación.

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