(FIN DE PLAZO 2019-12-21) Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre gestión de neumáticos fuera de uso

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Resumen

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a efectuar la audiencia pública del proyecto de real decreto por el que modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre gestión de neumáticos fuera de uso.


La Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental promueve la modificación del citado Real Decreto como consecuencia del compromiso adquirido con las Autoridades Competentes y con las Organizaciones representativas de los intereses de los operadores que intervienen en las diferentes fases de la gestión del flujo de los neumáticos fuera de uso, para revisar las cuestiones que se consideran más urgentes, de cara a dar una respuesta más eficaz a los problemas que se vienen registrando frecuentemente en la gestión de este tipo de residuo. 


Con independencia de los futuros cambios que habrá que llevar a cabo en la normativa sobre neumáticos, como resultado de la transposición a la legislación española de las novedades introducidas por la Directiva 2018/851/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, con las modificaciones actuales se busca, tal como se ha indicado, avanzar en la corrección de las principales debilidades detectadas en el procedimiento de gestión de los neumáticos fuera de uso para  continuar con la mejora de su gestión.


Concluido, el pasado 30 de abril, el período de consulta pública previa y tras el estudio de las aportaciones recibidas, tanto de las Comunidades Autónomas y otras instituciones públicas, como de las organizaciones representativas de los operadores que intervienen en la gestión de los residuos de neumáticos fuera de uso, se ha elaborado el proyecto de real decreto, que se somete a audiencia pública.


Las principales modificaciones introducidas son las siguientes:

a) Incorporar al sistema a los neumáticos con diámetro exterior superior a los 1.400 mm, que pasan a ser tratados igual que el resto de neumáticos.

b) Regular la actuación de los centros autorizados para el tratamiento de los vehículos al final de su vida útil (CAT) para aquellos neumáticos que se ponen por primera vez en el mercado de reposición y que entran en el flujo de gestión de los neumáticos fuera de uso, por haber sido montados fuera de las instalaciones del propio CAT y estos no puedan garantizar su tratamiento por gestor autorizado.

c) Aclarar que los puntos limpios establecidos por las entidades locales tienen la consideración de poseedor de neumático fuera de uso, y hacer referencia a la regulación del procedimiento de recogida de los neumáticos en estos puntos.

d) Aclarar el alcance de la obligación de recogida del productor de neumáticos, sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso, generados por los neumáticos que fueron puestos por el productor en el mercado de reposición.

e) Priorizar la preparación para la reutilización, definiendo las condiciones que deben reunir para su comercialización tanto los neumáticos de segundo uso, como los neumáticos recauchutados, y regulando la información que, sobre los mismos, debe suministrarse al consumidor.

f) Crear la sección de productores de neumáticos en el Registro de Productores de Productos y establecer la información que periódicamente estos deben suministrar.

g) Mejorar la información que se dispone sobre los resultados obtenidos en el tratamiento de los neumáticos fuera de uso.

h) Promover medidas de información y sensibilización dirigidas a los consumidores y talleres sobre la importancia de una correcta gestión de los neumáticos.


En cumplimiento de la vigente normativa, se pone a disposición de los interesados el proyecto de real decreto que modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre gestión de neumáticos fuera de uso, a efectos de recabar su opinión respecto de su contenido, y se les facilita un formulario donde reflejar sus observaciones y comentarios


Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones, cumplimentadas en el formulario que se adjunta, que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico:

bzn-sug_Residuos@mapama.es


Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).

El plazo para remitir sugerencias finalizará el 21 de diciembre de 2019.


Muchas gracias por su colaboración

Madrid, 20 de noviembre de 2019

 

Termini de remissió

Termini per presentar al·legacions des del dia dijous, 21 de de novembre de 2019 fins al dia dissabte, 21 de de desembre de 2019