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Directrices Básicas Comunes de Gestión Forestal Sostenible

Las Directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible (en adelante, DBCGFS) se elaboran, previa consulta a las comunidades autónomas, para dar respuesta al mandato de la Ley 43/2003, de Montes, para su elaboración en relación con los siguientes aspectos:

  • La adaptación a los montes españoles de los criterios e indicadores de sostenibilidad, su evaluación y seguimiento, de conformidad con los criterios establecidos en resoluciones internacionales y convenios en los que España sea parte.
  • El contenido mínimo de las instrucciones de ordenación y aprovechamiento de montes, para garantizar su gestión sostenible.

Resulta necesario adaptar el marco normativo de la ordenación de montes en España, dado que se encuentran todavía en vigor, para aquellas comunidades autónomas que no hubieran aprobado instrucciones propias, las Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes Arbolados, según Orden de 29 de diciembre de 1970 del entonces Ministerio de Agricultura. Es por ello imprescindible actualizar esta reglamentación y adecuarla al ordenamiento constitucional y a la legislación forestal en vigor. Por otra parte, la aprobación de las DBCGFS se encuentra incluida dentro del paquete de reformas asociado al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Las DBCGFS constan de cinco apartados y cinco anejos. En ellos se desarrollan los antecedentes y objetivos a nivel mundial, europeo y estatal, el marco legal de la ordenación de montes en España, la propuesta de contenidos mínimos tanto de los instrumentos de gestión forestal sostenible como de las instrucciones de ordenación y aprovechamiento de montes. Continúan los anejos relacionando la situación actual de la ordenación de montes en las comunidades autónomas, la adaptación a los montes españoles de los criterios e indicadores de gestión forestal sostenible, una referencia orientativa para la determinación de instrumentos de gestión forestal, la evaluación y seguimiento de dicha gestión, y por último se relacionan dos instrumentos que pueden incentivar la gestión forestal sostenible, como son la custodia del territorio y el contrato territorial.

En virtud de lo anterior, el Consejo de Ministros aprobó, en su reunión de 20 de diciembre de 2022, las Directrices Básicas Comunes de Gestión Forestal Sostenible, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. 
 

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