(FIN DE PLAZO 2018-01-08) Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

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Resumen

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a efectuar la audiencia pública del proyecto de orden ministerial, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural pretende modificar el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Dicho real decreto incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva RoHS).

El motivo de tal modificación es dar cumplimiento a lo dispuesto en las tres últimas directivas delegadas adoptadas por la Comisión Europea que modifican el anexo III de la Directiva RoHS. En concreto, los cambios del anexo III afectan a la modificación en los plazos de adopción de tres tipos de exenciones para así adaptarlo al progreso técnico: exenciones para el cadmio y el plomo en vidrios filtrantes, exención para el plomo en cojinetes y pistones para determinados compresores, y exención para el plomo en vidrios blancos utilizados para aplicaciones ópticas.

De acuerdo con todo lo anterior, el presente proyecto de orden ministerial tiene por objeto contribuir a garantizar una mayor seguridad jurídica en la adopción de este tipo de exenciones a la restricción impuesta por el artículo 6 del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, con el fin de que dicha regulación se adapte al progreso técnico y a su vez dar cumplimento a las exigencias de la normativa comunitaria.

El plazo para remitir sugerencias comenzó el 1 de diciembre de 2017 y finalizó el 8 de enero de 2018, ambos inclusive.

Termini de remissió

Termini per presentar al·legacions des del dia divendres, 01 de de desembre de 2017 fins al dia dilluns, 08 de de gener de 2018