Convenios internacionales y Legislación europea y nacional
Las sustancias químicas desempeñan un papel fundamental en nuestras actividades cotidianas. Forman parte de los dispositivos que utilizamos para garantizar nuestro bienestar, proteger nuestra salud o hacer frente a nuevos desafíos mediante la innovación. Son los pilares de tecnologías, materiales y productos con bajas emisiones de carbono, no contaminantes y eficientes en el uso de energía y recursos.
Pero existen sustancias químicas con propiedades peligrosas que pueden dañar nuestra salud y el medio ambiente. Algunas de ellas provocan cáncer, afectan a los sistemas inmunitario, respiratorio, reproductor y cardiovascular, son alteradores endocrinos o aumentan nuestra vulnerabilidad frente a las enfermedades. Además, la contaminación química incide en crisis como el cambio climático, la degradación de los ecosistemas o la pérdida de biodiversidad.
Por todo ello resulta fundamental un marco legislativo que priorice la protección de la salud y el medioambiente frente a los químicos peligrosos, al tiempo que promueva la innovación hacia sustancias seguras y sostenibles.
El pasado 21 de abril de 2022 tuvo lugar una Jornada divulgativa en formato online, en la que expertos de diferentes ámbitos abordaron la problemática asociada a los denominados -químicos eternos o químicos permanentes-: los PFAS.
El Reglamento REACH tiene el objetivo de garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente, así como la libre circulación de sustancias en el mercado interior de la Unión Europea, facilitando el acceso de los ciudadanos a información sobre estas sustancias químicas.
Junto con el Reglamento REACH, cabe mencionar el Reglamento (CE) nº 1272/2008 (Reglamento CLP), sobre Clasificación, Etiquetado y Envasado de sustancias y mezclas. Esta legislación introduce en la Unión Europea un nuevo sistema para clasificar, etiquetar y envasar sustancias y mezclas químicas, basado en el Sistema Globalmente Armonizado (SGA, GHS) de las Naciones Unidas. De acuerdo con el Reglamento CLP, la industria deberá establecer los peligros de las sustancias y mezclas antes de su comercialización, y clasificarlas, etiquetarlas y envasarlas de acuerdo a los peligros identificados, con el fin de informar a los usuarios.
Cabe resaltar las competencias que tiene el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en materia de evaluación de riesgo ambiental, clasificación y etiquetado (peligros para el medio ambiente), en el ámbito de los productos biocidas (Directiva 98/8/CE y Reglamento 528/2012) y fitosanitarios (Reglamento (CE) nº 1107/2009), así como en la valoración del impacto ambiental de los fertilizantes orgánicos y órgano-minerales en el medio.
Dentro de esta evaluación de biocidas y fitosanitarios se incluye desde 2018 la necesidad de evaluar las posibles propiedades de alteración endocrina de estas sustancias. Se trata de evaluar las sustancias químicas como posibles alteradores del sistema endocrino, con el objetivo de poder identificarlas e incluirlas como sustancias de extrema preocupación junto con las sustancias químicas consideradas carcinógenas, mutágenas y tóxicas para la reproducción, y de esta forma poder reducir su uso y que puedan llegar a ser sustituidas por otras alternativas más seguras. Para facilitar dicha evaluación, la Comisión Europea solicitó a la ECHA y a la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria), un documento de orientación para identificar los posibles alteradores endocrinos en el contexto de los Reglamentos europeos de comercialización de productos fitosanitarios y de biocidas.