Ayudas asociadas a la DANA

Ayudas directas a las entidades gestoras de servicios de abastecimiento y saneamiento conforme al artículo 56 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA)

Con carácter extraordinario y de acuerdo con el artículo 56 del Real Decreto-Ley 7/2024, de 11 de noviembre, se establece un sistema de subvenciones directas a conceder por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, hasta una cuantía total estimada de 500 millones de euros, para la reparación y adecuación de las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y depuración, afectadas por la DANA que presten servicio a los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre. Tras la valoración de daños, finalmente el importe transferido ha sido de 438 M€.

El pago de las ayudas a los beneficiarios se realizó en diciembre de 2025. En total, los municipios beneficiados de estas ayudas han sido 73 de los 78 afectados según el RDL 6/2024 (Listado de beneficiarios de estas ayudas).       

El plazo para la ejecución de los trabajos es de 4 años a partir de la resolución de la subvención.

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE POR LA QUE SE CONCEDE MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA UNA SUBVENCIÓN PREVISTA EN EL REAL DECRETO-LEY 7/2024, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES PARA EL IMPULSO DEL PLAN DE RESPUESTA INMEDIATA, RECONSTRUCCIÓN Y RELANZAMIENTO FRENTE A LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA DEPRESIÓN AISLADA EN NIVELES ALTOS (DANA) EN DIFERENTES MUNICIPIOS ENTRE EL 28 DE OCTUBRE Y EL 4 DE NOVIEMBRE DE 2024.

La ejecución de estas actuaciones y justificación sigue lo establecido en la citada instrucción. Como herramienta de apoyo se dispone de una guía técnica en elaboración, cuyo borrador se puede descargar en este enlace: Guía de justificación de las ayudas. (actualizado mayo 2026)

La ejecución de las actuaciones corresponde a los beneficiarios de las mismas Ayuntamientos y empresas asociadas a la gestión del ciclo urbano). Durante la ejecución de las subvenciones, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente tiene dos funciones:

1.      Autorizar cualquier subcontratación de más de 60.000 euros tal y como establece el apartado 6.5 de la guía de justificación: "Cuando el beneficiario no sea una Entidad Local y la actividad concertada con terceros exceda del 20 por ciento del importe de la subvención y el importe de dicha subcontratación sea superior a 60.000 euros."

2.      Autorizar cualquier modificación de las condiciones de la subvención.

         El estado de los trámites asociados se puede consultar en los siguientes documentos:

                   · Listado (excel) de las autorizaciones de subcontratación.

                   · Listado (excel) de las modificaciones de las condiciones de la subcontración. 

Todo ello a través de la sede electrónica del MITECO. 

Estas subvenciones serán objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

Los beneficiarios deberán incorporar el logotipo oficial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, conforme se indica en la guía de justificación. En este link se puede descargar el modelo de cartel de obra en distintos tamaños: Libro y Carteles DANA (actualizado mayo 2026)

Cualquier consulta podrá realizarse a través del correo electrónico  Bzn-Ayudas-DANA@miteco.es.

El procedimiento que se siguió, durante la tramitación de la subvención, junto con las memorias valoradas de daños, se podrá acceder en el siguiente enlace.

Informe de seguimiento anual 2026

Según el apartado OCTAVO, punto 1, las entidades beneficiarias remitirán anualmente a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, antes del 1 de junio de cada año, un informe sobre los avances producidos en las actuaciones a llevar a cabo mediante la subvención otorgada.

Se debe enviar a través de la sede electrónica, una tabla Excel debidamente cumplimentada que se puede descargar a continuación

Instrucciones a tener en cuenta:

El informe (tabla) se elaborará por parte las entidades beneficiarias de forma coordinada, conforme se explica a continuación.

  1. En el caso de que el ayuntamiento sea beneficiario en alguna de las fases, deberá ser el mismo quien haga la entrega de la versión completa de la Excel con información de todas las entidades beneficiarias.
  2. En el caso de que el ayuntamiento no sea beneficiario, el envío lo deberá hacer la entidad beneficiaria que reciba el mayor importe a ejecutar en dicho municipio.

No se debe enviar el Excel parcialmente cumplimentado, sino que se deberá contar con la información de todos los beneficiarios de cada término municipal. Además, una vez subido a la sede electrónica, se enviará por correo al buzón de Buzón ayudas DANA Bzn-Ayudas-DANA@miteco.es con copia al Ayuntamiento.

Para las infraestructuras de carácter supramunicipal, el procedimiento será el mismo simplemente en vez del ayuntamiento se entenderá que se refiere a la administración responsable asociada.

El nombre del fichero deberá ser Ayudas DANA(Nombre municipio_Informe anual) junio 2026

 

Otra información relacionada:

Info DANA visor- Información actualizada por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

La información contenida en este visor se actualiza de forma periódica y recoge los datos municipalizados relativos a las actuaciones financiadas por el Gobierno de España en los municipios afectados por la DANA de octubre y noviembre de 2024.

Este instrumento permite consultar de manera transparente el mapa de las actuaciones. Las partidas corresponden a fondos económicos transferidos a particulares, autónomos, empresas o administraciones públicas, así como a aquellas ya ejecutadas o en ejecución por parte del Gobierno de España.

infoDANA