Ayudas asociadas a la DANA

Ayudas directas a las entidades gestoras de servicios de abastecimiento y saneamiento conforme al artículo 56 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA)

Para toda cuestión relativa a estas ayudas pueden escribir a bzn-ayudas-dana@miteco.es.

Con carácter extraordinario y de acuerdo con el artículo 56 del Real Decreto-Ley 7/2024, de 11 de noviembre, se establece un sistema de subvenciones directas a conceder por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, hasta una cuantía total estimada de 500 millones de euros, para la reparación y adecuación de las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y depuración, afectadas por la DANA que presten servicio a los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre. 

Procedimiento de tramitación de la subvención.

El procedimiento y calendario previsto es el siguiente:

En una primera fase se procedió a la recopilación de los daños y a la correspondiente valoración inicial. Una vez obtenida esta información, se realizaron las visitas a las instalaciones afectadas por la DANA.

Posteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley, y una vez finalizada la fase anterior, la DGA se sometió al preceptivo periodo de información pública. Previo a la firma de la resolución, se abrió un plazo final para el trámite de audiencia, durante el cual los interesados pudieron formular alegaciones y presentar la documentación y justificaciones que estimaran oportunas, extendiéndose dicho plazo hasta el mes de septiembre.

En los siguientes enlaces se pueden consultar las fases mencionadas anteriormente:

Información pública de la relación de entidades gestoras e infraestructuras dañadas. (finalizado)

Trámite de audiencia sobre las ayudas establecidas a la reparación y adecuación de las infraestructuras afectadas por la DANA del ciclo urbano del agua conforme al artículo 56 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre. (finalizado)

Fase 4: Firma de resolución y pago de las ayudas. (en curso)

Firma de la resolución (finalizada)

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE POR LA QUE SE CONCEDE MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA UNA SUBVENCIÓN PREVISTA EN EL REAL DECRETO-LEY 7/2024, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES PARA EL IMPULSO DEL PLAN DE RESPUESTA INMEDIATA, RECONSTRUCCIÓN Y RELANZAMIENTO FRENTE A LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA DEPRESIÓN AISLADA EN NIVELES ALTOS (DANA) EN DIFERENTES MUNICIPIOS ENTRE EL 28 DE OCTUBRE Y EL 4 DE NOVIEMBRE DE 2024.

Pago de las ayudas: (en curso)

El pago de la subvención se realizará mediante transferencia a la entidad beneficiaria, con cargo al presupuesto de gastos de la Dirección General del Agua. Será del 100 % de la subvención solicitada y se abonará con carácter anticipado para la financiación de las actuaciones.

Se recuerda que según el apartado Quinto, punto 5, cuando el beneficiario sea una empresa privada o con participación mayoritaria privada, previo al pago de la subvención, será necesario, en el plazo de 15 días hábiles desde la firma de la presente resolución, recibir la conformidad del respectivo órgano municipal competente del ayuntamiento correspondiente u órgano equivalente en aquellos ámbitos supramunicipales según lo establecido en el Anexo IV, donde se identifica dicho órgano competente, sin que ello suponga en ningún caso que el ayuntamiento u órgano equivalente adquieran la condición de beneficiario.

Estas subvenciones serán objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

Cualquier consulta podrá realizarse a través del correo electrónico  Bzn-Ayudas-DANA@miteco.es.

Publicidad de la subvención en las actuaciones

Conforme al párrafo tercero, de la resolución de otorgamiento de ayudas, deberán incorporar el logotipo oficial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, así como las leyendas pertinentes que indiquen la financiación pública, en todos los soportes de difusión utilizados. Esto abarca carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales y menciones en medios de comunicación.

En este link se puede descargar el modelo de cartel de obra en distintos tamaños: Libro y Carteles DANA

 

Otra información relacionada:

Info DANA visor- Información actualizada por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

La información contenida en este visor se actualiza de forma periódica y recoge los datos municipalizados relativos a las actuaciones financiadas por el Gobierno de España en los municipios afectados por la DANA de octubre y noviembre de 2024.

Este instrumento permite consultar de manera transparente el mapa de las actuaciones. Las partidas corresponden a fondos económicos transferidos a particulares, autónomos, empresas o administraciones públicas, así como a aquellas ya ejecutadas o en ejecución por parte del Gobierno de España.

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