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El reparto podrá ser distinto cada hora del año

16/11/2021
Permite optimizar la producción entre los usuarios, especialmente cuando tienen pautas de consumo diferentes
Se podrá modificar el reparto cada cuatro meses, con los criterios que hayan establecido los partícipes
Se mantiene la posibilidad de aplicar coeficientes fijos de reparto para los autoconsumos colectivos que así lo deseen

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha aprobado la orden ministerial TED/1247/2021, que permite a los partícipes de una misma instalación de autoconsumo compartido repartirse de forma variable su producción, de modo que pueda optimizarse la misma. Este reparto, que podrá ser distinto en todas y cada una de las horas del año, será flexible y podrá modificarse cada cuatro meses, para ajustarse mejor a las pautas de consumo de los usuarios.

La orden, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, modifica el Anexo I del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, e introduce coeficientes variables de reparto para la producción de la instalación de autoconsumo compartido. Hasta ahora, la normativa sólo contempla coeficientes de reparto fijos.

 

A partir de la publicación de la orden, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia actualizará los formatos de los ficheros de intercambio de información entre comercializadoras y distribuidoras. Tras esta actualización, las compañías eléctricas dispondrán de un periodo de cuatro meses para la adaptación de los sistemas de facturación.

 

Cuando el nuevo mecanismo esté en vigor, los usuarios de autoconsumo colectivo podrán establecer coeficientes de reparto distintos para cada hora del año, lo que permitirá optimizar el reparto de energía generada por la instalación, especialmente cuando los partícipes tengan pautas de consumo muy diferentes durante el día, la semana o durante el año, como puede ser el caso de edificios que combinen locales comerciales, oficinas y viviendas.

 

Los coeficientes variables deben establecerse con anterioridad a que se produzcan los consumos y se genere la energía, para evitar dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las distintas comercializadoras y en la remisión de los datos a estas.

 

MODIFICACIÓN EX ANTE

Así pues, los coeficientes variables deberán establecerse para cada hora del año y se podrán cambiar cada cuatro meses. Se ha optado por una fórmula de modificación ex ante, porque una fijación ex post podría suponer dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las distintas comercializadoras y en las remisiones a las distintas comercializadoras de esta información.

 

Para no penalizar los consumos colectivos ya establecidos, se prevé que estos puedan adoptar el sistema de coeficientes variables, aunque no hayan transcurrido cuatro meses desde que iniciaron su autoconsumo.

 

En todo caso, se mantiene la posibilidad de utilizar coeficientes fijos para los autoconsumos colectivos que lo deseen.

 

El MITECO sigue trabajando con el sector y con los distintos agentes y administraciones para seguir avanzando en el despliegue del autoconsumo, en sus distintas modalidades, incluyendo los desarrollos normativos que permitan en un futuro próximo el reparto dinámico del autoconsumo colectivo.

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