Resumen
A efectos de elaborar la Orden por la que se modifica la Orden TED/898/2023, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio ambiente en materias de competencia estatal, la presente consulta pública tiene como objeto recabar la opinión o comentarios de cualquier sujeto potencialmente afectado por la futura norma y organizaciones más representativas en este ámbito.
Mediante esta consulta pública previa, se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, así como en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
a) Antecedentes de la norma
Tal y como establece el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia climática, de energía y medio ambiente para la transición a un modelo productivo y social más ecológico, así como la elaboración y el desarrollo de la política del Gobierno frente al reto demográfico y el despoblamiento territorial.
Asimismo, corresponde a este Departamento ministerial la propuesta y ejecución de la política de agua como bien público esencial y la propuesta y ejecución de la política de lucha contra la despoblación, así como la elaboración y el desarrollo de la estrategia nacional frente al reto demográfico. Dichas competencias son detalladas en el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Con base en las competencias del MITECO y, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, que establece el sistema de participación del Tercer Sector medio ambiental en los fondos recaudados con el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF); y en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio ambiente en materias de competencia estatal.
b) Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
Durante la anualidad 2023, en aplicación de la Orden TED/898/2023, de 20 de julio, se convocaron ayudas mediante Orden de 18 de agosto de 2023, extracto en BOE número 201 de 23 de agosto, para los beneficiarios previstos en la “línea a”. Tras la tramitación de la citada convocatoria, se han detectado distintos aspectos que pueden ser mejorados y ello es el motivo de la modificación de la Orden de bases que se pretende.
Por otro lado, en base a la experiencia de la tramitación, se introducen otra serie de modificaciones en la orden de bases de cara a lograr una gestión en la instrucción y justificación con mayor eficacia y eficiencia así como una mayor calidad y claridad de los criterios de valoración.
c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La necesidad de su aprobación radica en la mejora de la gestión de los fondos públicos destinados al objeto de esta línea de ayudas, así como en la consecución de unos resultados óptimos en la ejecución de estos.
Tras la experiencia del año 2023, el horizonte que se plantea a futuro, con las sucesivas convocatorias de subvenciones, no es sino una oportunidad única para mejorar las bases reguladoras de las mismas.
Esta modificación además se realiza con vocación de permanencia, buscando con ello dotar de un marco jurídico completo, simple, claro y estable que erija estas ayudas como una verdadera medida de fomento eficaz y eficiente por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
d) Objetivo de la norma.
La nueva norma tiene como objetivos los siguientes:
- Unificar en una única convocatoria para los beneficiarios de la orden de bases que se modifica, los recursos procedentes del tramo estatal asignado al mismo, tanto de las asignaciones tributarias del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como del Impuesto sobre Sociedades.
- Introducir mejoras de cara a lograr mejor gestión en la instrucción y justificación de las ayudas.
- Simplificar y mejorar la redacción de algunos de los criterios que deben reunir los beneficiarios de la “línea a” para poder alcanzar dicha condición.
- Establecer unos criterios de valoración de solicitudes más claros y eficientes.
- Reducir cargas administrativas.
e) Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
No existen soluciones alternativas.
Por una parte, porque solo puede modificarse una Orden Ministerial a través de una disposición general, esto es otra Orden Ministerial. Y, por otra parte, porque las mejoras que se pretenden introducir forman parte del contenido necesario de las bases reguladoras, no siendo posible su consecución a través de la modificación de las sucesivas convocatorias.
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el martes, 27 de febrero de 2024 hasta el miércoles, 13 de marzo de 2024