Informe sobre los Datos de Referencia (IDR):
Elaborado por la instalación, forma parte de la solicitud de asignación gratuita previa al comienzo de cada periodo de asignación (en la fase IV los periodos son 2021-2025 y 2026-2030). Contiene datos sobre la actividad del periodo de referencia de la instalación, por subinstalaciones. Tiene que estar verificado por una entidad de verificación acreditada.
Se presenta a la Oficina Española de Cambio Climático como parte de la solicitud de asignación.
Plan Metodológico de Seguimiento (PMS)
Elaborado por la instalación, recoge las metodologías que utilizará esa instalación para determinar todos los datos necesarios para calcular la asignación gratuita, como los diferentes niveles de actividad, flujos de entradas y salidas de la instalación y subinstalaciones (combustibles, productos, calor, energía, gases residuales, etc.).
Tiene que estar aprobado por la Oficina Española de Cambio Climático. Es necesario que el titular de la instalación lo modifique cuando se produzca cualquier cambio en la instalación.
Informe sobre el Nivel de Actividad (INA - ajustes y ceses de actividad, versión 2024)
- Ajustes de la asignación: elaborado por la instalación, debe presentarse anualmente (antes del 28 de febrero) a la Oficina Española de Cambio Climático para que ésta determine si es necesario o no ajustar la asignación de la subinstalación o subinstalaciones de la instalación. Contiene datos de actividad de la instalación estimados en línea con las metodologías aprobadas del PMS.
Debe acompañarse de un informe de verificación elaborado por una entidad de verificación acreditada.
- Cese de actividad: elaborado por la instalación, debe presentarse en cuanto la instalación haya cesado su actividad o deje de estar afectada por el ámbito de aplicación del RCDE.
Informe de Nuevo Entrante (INE)
Las instalaciones que sean consideradas nuevos entrantes y quieran recibir asignación gratuita deberán presentar su solicitud a más tardar el 28 de febrero del año siguiente al primer año completo de funcionamiento.
Debe acompañarse de un informe de verificación elaborado por una entidad de verificación acreditada.
Informe de Verificación (IV)
El Informe de Verificación (IV) es un informe donde los verificadores concluyen si el documento en cuestión es conforme a la normativa y no contiene inexactitudes importantes. Son elaborados por verificadores acreditados y se presentan a la OECC o a la Comunidad Autónoma según competencias, junto con los documentos que verifican.
En la Fase IV en la que nos encontramos tanto la solicitud de asignación inicial, como la solicitud de asignación como nuevo entrante y los Informes sobre el Nivel de Actividad deben ir acompañados por un informe de verificación.