A la hora de formar un consorcio para un proyecto LIFE, resulta esencial identificar correctamente el tipo de convocatoria al que se presenta la solicitud, ya que de ello dependen los requisitos de composición del consorcio y las posibles bonificaciones aplicables.
Las condiciones para la configuración de éstos vienen establecidas en las convocatorias de cada tipo de proyecto, en el apartado “Admisibilidad-composición del consorcio”.
Para los proyectos LIFE de Acción Estándar, SAP, no se exige una configuración específica de consorcios, siempre que el/los beneficiarios/s que lo conformen cumplan los criterios de elegibilidad. En estos casos, los proyectos pueden ser de un único beneficiario o de varios y éstos, a su vez, pueden ser de un único Estado miembro/país elegible o de distintos Estados.
Sin embargo, en otras convocatorias —como algunas del Subprograma de Transición hacia las Energías Limpias— se requiere la formación de consorcios transnacionales formados por un mínimo de tres beneficiarios de tres Estados miembros o países elegibles distintos.
Más allá de los requisitos obligatorios que puedan aplicarse a la composición del consorcio, es fundamental que éste esté integrado por las entidades que cuenten con la capacidad demostrada y los recursos necesarios para ejecutar el proyecto. Este aspecto será evaluado durante el proceso de valoración de las propuestas.
Asimismo, algunas convocatorias —como las de proyectos LIFE SAP— incorporan sistemas de bonificación. En el caso del bono 5, se otorgan 2 puntos adicionales cuando la propuesta incluye una cooperación transnacional entre Estados miembros o países elegibles, siempre que ésta sea esencial para alcanzar los objetivos del proyecto. Este bono, que no es un requisito obligatorio ni excluyente para acceder a la ayuda LIFE, sino que tiene carácter de adicionalidad, debe estar sólidamente justificado y ser plenamente coherente con la lógica de implementación del proyecto