Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio por el que se aprueba el
Texto refundido de la Ley del Suelo.
- Artículo 9.1.: "Contenido del derecho de propiedad del suelo: deberes y
cargas.
1. El derecho de propiedad del suelo comprende,….En el suelo que sea rural a
los efectos de esta Ley, o esté vacante de edificación, el deber de conservarlo
supone mantener los terrenos y su masa vegetal en condiciones de evitar riesgos
de erosión, incendio, inundación, para la seguridad o salud públicas,
…".
- Artículo 12.2.a): "Situaciones básicas del suelo.
2. Está en la situación de suelo rural:
a) … así como aquéllos con riesgos naturales o tecnológicos, incluidos los de
inundación o de otros accidentes graves, y cuantos otros prevea la legislación
de ordenación territorial o urbanística."