Borrador Real Decreto por el que se prorroga la declaración de la situación de sequía prolongada en la Demarcación Hidrográfica del Júcar

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Resumen

El año hidrológico 2013/14 fue extremadamente seco desde el punto de vista de la meteorología, siendo la precipitación acumulada en el ámbito territorial de la confederación hidrográfica del Júcar inferior a la recogida en los últimos 23 años. La precipitación acumulada en ese año fue de unos 281 mm mientras que el valor medio anual en los últimos 23 años es de unos 439 mm. Esta situación de falta de precipitaciones y agotamiento de las reservas embalsadas hizo que se declarara la situación de sequía en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar mediante Real Decreto de 355/2015, de 8 de mayo, en el marco de las medidas adoptadas por el Gobierno para paliar la situación de sequía.

Este Real Decreto tenía una vigencia temporal hasta el 31 de diciembre de 2015, pero dado que la situación no había mejorado en esa fecha, se prorrogó la declaración de sequía por la disposición adicional tercera del Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las masas de agua superficiales y las normas de calidad ambiental, hasta el 30 de septiembre de 2016.

Con posterioridad y por RD 335/2016, de 23 de septiembre, se procedió nuevamente a la prórroga de la declaración de sequía hasta el 30 de septiembre de 2017.

A lo largo del presente año hidrológico, 2016-2017, si bien las precipitaciones medias registradas en lo que va de año en el ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica han sido mayores que las registradas en los tres años anteriores, éstas se han concentrado principalmente en la zona costera y en la zona sur de la confederación.

Esto ha supuesto que los sistemas donde se han concentrado mayoritariamente las lluvias (principalmente sistemas Serpis y Marinas Alta y Baja, y también Palancia-Los Valles y Vinalopó-Alacantí) hayan mejorado sustancialmente, saliendo de la situación de emergencia o alerta en la que se encontraban.

No obstante, las lluvias registradas en la zona de generación de recursos de aquellos sistemas más dependientes de las aguas superficiales, es decir las cabeceras de los sistemas Júcar y Turia, han sido muy escasas. De hecho, los indicadores de sequía prolongada de alto Júcar y alto Turia presentan valores negativos, es decir, con precipitaciones registradas por debajo de la media. Esto supone que los indicadores de estado representativos de las cuencas altas de ambos sistemas presenten valores en alerta y emergencia.

Además, dichos sistemas Júcar y Turia se encuentran a fecha 31 de mayo en situación de prealerta y alerta respectivamente, con indicadores en descenso y, teniendo en cuenta el comienzo de la campaña estival, con importantes demandas tanto urbanas como agrícolas que atender desde sus embalses, las previsiones de evolución de dichos sistemas no son optimistas.

Por todo lo anteriormente expuesto se hace necesario prorrogar nuevamente las medidas extraordinarias contempladas en el Real decreto 355/2015, de 8 de mayo, hasta la finalización del año hidrológico 2017-2018, en previsión de que esta situación de sequía se prolongue a lo largo del tiempo.

La prórroga de la declaración de sequía en el ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica del Júcar se realiza en este real decreto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional y teniendo en consideración el estado de los sistemas de explotación de la demarcación según el Sistema Global de Indicadores Hidrológicos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, que integra los indicadores de estado definidos en los Planes Especiales de Actuación en situación de alerta y eventual sequía en las cuencas intercomunitarias, aprobados según Orden MAM/698/2007, de 21 de marzo, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 10/2001 antes mencionada.

De conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete el texto del precitado proyecto de real decreto al trámite de información pública durante un periodo de siete días (hábiles).

Los comentarios y alegaciones se pueden realizar a través de las siguientes direcciones presidencia@chj.es y Bzn-dgasec@mapama.es indicando en el asunto: “Observaciones a la prórroga del Real Decreto Sequía del Júcar”.

PLAZO PARA LA INFORMACIÓN PÚBLICA: del 23 de junio al 3 de julio de 2017.

Termini de remissió

Termini per presentar al·legacions des del dia divendres, 23 de de juny de 2017 fins al dia dilluns, 03 de de juliol de 2017