Résumé
Se publica la consulta pública previa a la elaboración de la orden ministerial que modificará la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, por la que se regula el procedimiento y requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica de instalaciones de generación de procedencia renovable en el nudo de transición justa Mudéjar 400 kV y se procede a su convocatoria.
La modificación tiene por objeto incorporar una regulación específica del tratamiento aplicable a la capacidad de acceso que pudiera quedar liberada, total o parcialmente, en el marco del concurso, como consecuencia de las modificaciones de los proyectos adjudicados previstas en la base 23, en aquellos supuestos en los que la orden vigente no contiene una previsión expresa.
Con ello se pretende dotar de mayor claridad y previsibilidad a estos supuestos y asegurar una gestión ordenada de la capacidad que eventualmente pudiera quedar disponible, en coherencia con los objetivos de transición justa que motivaron la convocatoria del concurso.
Antecedentes
La Estrategia de Transición Justa persigue optimizar los impactos positivos de la transición energética sobre la actividad y el empleo y minimizar sus efectos negativos en los territorios afectados por el cierre de centrales térmicas de carbón o termonucleares. Con esa finalidad, el Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, introdujo la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que habilita a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a regular procedimientos y establecer requisitos para la concesión de la capacidad de acceso de los nudos afectados por dichos cierres a nuevas instalaciones renovables que, además de los requisitos técnicos y económicos, ponderen los beneficios medioambientales y sociales.
En aplicación de dicha habilitación, mediante la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, se convocó concurso público para la adjudicación mediante régimen de concurrencia competitiva de 1202 MW de capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica de instalaciones de generación renovable en el nudo de transición justa Mudéjar 400 kV, afectado por el cierre de la central térmica de Teruel, en el término municipal de Andorra (Teruel), cuyo ámbito territorial se corresponde con el del Convenio de Transición Justa de Aragón. El concurso se adjudicó mediante la Orden TED/1146/2022, de 21 de noviembre.
La Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, contempla en su base 23 un régimen de modificaciones del proyecto adjudicado, tanto por circunstancias sobrevenidas (base 23.2) como por resoluciones administrativas (base 23.3), que pueden dar lugar a la liberación total o parcial de la capacidad de acceso inicialmente adjudicada en el marco del concurso. En este contexto, es conveniente clarificar la regulación de forma expresa del tratamiento que ha de darse a la capacidad liberada.
Para ello, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico está trabajando en la modificación de la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre.
Objetivo de la consulta
La presente consulta pública previa tiene como finalidad recabar las aportaciones o comentarios de cualquier persona, entidad u organización a efectos de la elaboración de la orden ministerial referida.
Urgencia
El desarrollo de los proyectos asociados a la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, ha puesto de manifiesto casos de liberación de capacidad de acceso cuyo destino no está previsto en la normativa actual. Para ordenar el destino de dicha capacidad dentro del procedimiento competitivo y evitar que su uso se paralice, resulta necesario que la modificación de la Orden esté publicada en el Boletín Oficial del Estado a la mayor brevedad, por lo que, teniendo en cuenta que, con carácter previo, deben completarse diversos trámites del procedimiento normativo, es preciso acortar el plazo de la consulta pública y tramitarla por el procedimiento de urgencia.
Contenido de la consulta pública previa
1.- Reasignación dentro del procedimiento
- Una de las alternativas que se contemplan consistiría en ofrecer la capacidad liberada a aquellos operadores económicos admitidos en el concurso que no resultaron adjudicatarios, respetando el orden de prelación derivado de la evaluación ya realizada. ¿Qué observaciones le merece este planteamiento?
2.- Tratamiento de la capacidad de acceso liberada
- ¿Qué otros mecanismos considera que podrían seguirse para adjudicar la capacidad de acceso que pudiera quedar liberada como consecuencia de las modificaciones de los proyectos adjudicados previstas en la base 23, de manera que se mantengan los objetivos de transición justa para el territorio?
3.- Comentarios y propuestas adicionales
Date limite de remise
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