MITECOk Hondakin Erradiaktiboen 7. Plan Orokorrari buruzko txostena eskatu dio CSNri

08/11/2022
También requiere el informe de las comunidades autónomas en materia de ordenación del territorio y medio ambiente

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha solicitado al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) el informe sobre el 7º Plan General de Residuos Radiactivos (PGRR) previsto en la Ley sobre energía nuclear. Así mismo, ha solicitado el informe de las comunidades autónomas en materia de ordenación del territorio y medio ambiente.

La versión de 7º PGRR sobre la que se piden los preceptivos informes es resultado del análisis y toma en consideración de las alegaciones formuladas en el trámite de información pública y de consultas al que se sometió la versión inicial desde el 12 de abril hasta el 16 de junio.

Esta versión revisada del 7º PGRR, el instrumento para establecer la política sobre gestión de residuos radiactivos y sobre el desmantelamiento y clausura de las instalaciones nucleares, contempla un escenario de referencia que incluye:

  • Cese de la operación de las centrales nucleares entre 2027 y 2035, en coherencia con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) y con el Protocolo de cese ordenado de explotación de las centrales nucleares, firmado en marzo de 2019 entre Enresa y sus propietarios.
  • Inicio del desmantelamiento de las centrales nucleares a los tres años de su cese de operación definitivo, excepto la de Vandellós I, cuya última fase se ejecutará a partir de 2030.
  • Continuidad de las actuaciones para ampliar la capacidad de los Almacenes Temporales Individualizados para el combustible gastado en las centrales nucleares, que permitan su explotación y su desmantelamiento.
  • Puesta en marcha de siete Almacenes Temporales Descentralizados en los emplazamientos de las centrales para el combustible gastado y los residuos de alta actividad, hasta su traslado al almacenamiento definitivo, junto con sus respectivas instalaciones complementarias o medidas adicionales para el mantenimiento de los contenedores del combustible gastado.
  • Almacenamiento definitivo del combustible gastado y los residuos de alta actividad en un Almacenamiento Geológico Profundo.
  • Continuidad de la operación del centro de almacenamiento de El Cabril (Córdoba), para residuos de muy baja, baja y media actividad, hasta completar el desmantelamiento de las centrales.

Una vez recibidos los informes, el MITECO elaborará la propuesta final del 7º PGRR, que se remitirá al órgano ambiental para que formule la Declaración Ambiental Estratégica. Finalmente, será aprobado por el Consejo de Ministros y se dará cuenta posteriormente a las Cortes Generales y a la Comisión Europea, en cumplimiento de la Directiva de gestión de residuos radiactivos.

El informe solicitado al CSN sobre la versión revisada del 7º PGRR es independiente de los informes vinculantes, relativos a la seguridad nuclear, la protección radiológica y la protección física, que debe emitir la entidad con carácter previo a las autorizaciones que el MITECO concede para el ejercicio de las actividades de Enresa que se contemplan en el 7º PGRR.

7º PGRR - Versión revisada [PDF] [2.46 MB]