Subastas y convocatorias del Régimen Retributivo Específico

El otorgamiento del régimen retributivo específico se establece, con carácter general, mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

Adicionalmente, se reconoció el derecho a la percepción del régimen retributivo específico a las instalaciones que a la entrada en vigor del Real Decreto ley 9/2013, de 12 de julio tuvieran reconocido el régimen económico primado.

Evaluación del Régimen Retributivo Específico (2014-2020)

El Régimen Retributivo Específico fue objeto de evaluación por parte de la Comisión Europea para verificar el cumplimiento de las normas sobre ayudas de Estado de la Unión Europea. Así, mediante la Decisión C(2017) 7384, de 10 de noviembre de 2017, la Comisión considera el marco de ayudas compatible con el mercado interior de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y establece la obligación de que el régimen retributivo específico sea sometido a una evaluación periódica.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sido el organismo encargado de la elaboración del Informe de evaluación del régimen retributivo específico correspondiente al periodo 2014-2020 previo trámite de información pública.