Evaluación ambiental estratégica de los Planes Hidrológicos de cuenca (2015-2021) y de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación

Según la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y conforme a lo establecido en los artículos 79 y 80 del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica, y lo establecido en el artículo 13 punto 6 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, la elaboración de los Planes Hidrológicos de cuenca y de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación debe someterse al procedimiento de evaluación ambiental estratégica.

De acuerdo con la Resolución de la Dirección General del Agua, publicada en el BOE nº 315, de 30 de diciembre de 2014, junto a la apertura del periodo de consulta pública de las propuestas de proyecto de Plan Hidrológico (ciclo 2015-2021) y de Plan de Gestión del Riesgo de Inundación, se abre también, durante 6 meses, la del Estudio Ambiental Estratégico, dentro del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de ambos planes, y para cada una de las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias.

Este documento del Estudio Ambiental Estratégico puede consultarse en las siguientes páginas Web: