Las entidades colaboradoras de la administración hidráulica (ECAH), en virtud del título correspondiente, están habilitadas para certificar la información requerida en el artículo 101.3 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
La nueva Orden TED/739/2025, de 19 de junio, regula el régimen jurídico de las ECAH en materia de aprovechamientos y protección de las aguas del dominio público hidráulico, estableciendo las condiciones para obtener y modificar el título, así como su funcionamiento y control.
En la Sede Electrónica del Ministerio están disponible los procedimientos para obtener o modificar el título de ECAH, así como para enviar a la Dirección General del Agua la relación de actividades realizadas como ECAH.
Para iniciar cualquier procedimiento de forma electrónica identifíquese con su Certificado electrónico y seleccione:
“Procedimientos” - “Agua” – "Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones”
a. Obtención y modificación del título de Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica (ECAH)
Rellene el archivo Excel “Labores de apoyo” que puede obtener de la siguiente manera:
b. Obligaciones de la Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica (ECAH)
Rellene el archivo Excel “Declaración de Actuaciones anuales y bienales ECAH”, disponible tanto en esta página web como en el procedimiento de Sede Electrónica.
Una vez firmada la solicitud tendrá a su disposición el justificante del registro y podrá consultar el estado de su solicitud en su Zona Personal.
Puede consultar la Guía rápida para la obtención y modificación del título de entidad colaboradora de la administración hidráulica disponible tanto en esta página web como en la Sede Electrónica.
Además, para cualquier duda o aclaración pueden contactar en el correo electrónico de entidades colaboradoras de este Ministerio.