La herramienta clave de la Directiva 2007/60 es la elaboración, aprobación e implantación de los planes de gestión del riesgo de inundación regulados por los capítulos 4 y 5 del Real Decreto 903/2010 (artículos 11 al 17).
Los planes de gestión tienen como objetivo lograr una actuación coordinada de todas las administraciones públicas y la sociedad para reducir las consecuencias negativas de las inundaciones, basándose en los programas de medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el ámbito de sus competencias para alcanzar el objetivo previsto.
Los planes de primer ciclo fueron aprobados en su mayoría durante el año 2016.
La Directiva y el RD 903/2010 establecen la necesidad de revisar y, en su caso, actualizar los planes de gestión del riesgo de inundación cada seis años.
Actualmente se encuentran aprobados 22 planes de gestión del riesgo de inundación de segundo ciclo, mientras que el resto sigue su tramitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 903/2010, pudiendo consultarse los documentos consolidados de todos ellos en la sección Planes de gestión del riesgo de inundación de segundo ciclo. Un resumen del contenido y las principales novedades se pueden consultar en el Resumen ejecutivo de los PGRI de 2º ciclo (2022-2027) en las cuencas intercomunitarias.
La revisión de los planes de gestión del riesgo de inundación incluye entre su contenido las conclusiones de los mapas de peligrosidad y riesgo de 2º ciclo. Estos mapas incorporan mejoras importantes respecto al primer ciclo en la identificación de los elementos en riesgo, con información más precisa y ajustada a las necesidades de gestión. Un resumen de esta información está disponible en el informe Caracterización de la peligrosidad y riesgo por inundación fluvial en los PGRI de 2º ciclo en las cuencas intercomunitarias (2022-2027).
Durante el año 2018, el Tribunal de Cuentas Europeo realizó un informe sobre la aplicación de la Directiva de inundaciones en Europa, en el que se analizan varios ejemplos españoles.
Del mismo modo, en este enlace se puede acceder a los documentos enviados a la Comisión Europea.