Planificación Eléctrica

El Consejo de Ministros ha aprobado el 16 de octubre de 2015 la Planificación Energética: Plan de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica 2015-2020.

La planificación tiene por objeto primordial garantizar la seguridad del suministro eléctrico, introduciendo a su vez criterios medioambientales y de eficiencia económica. El documento recoge aquellas infraestructuras necesarias para garantizar la seguridad de  suministro en el horizonte de planificación 2015-2020.

Los factores tenidos en cuenta en la planificación han sido:

  • El cumplimiento de los requisitos de seguridad y fiabilidad de la red eléctrica y consecuentemente, la garantía de suministro.
  • La minimización del impacto medioambiental global. La planificación de la red de transporte de electricidad ha sido sometida a un proceso de evaluación ambiental estratégica. Los objetivos ambientales se integran con los de la planificación desde su inicio, mediante la participación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
  • El aumento de la capacidad de conexión internacional, como manera de aumentar la integración de España en el mercado único de la energía, favoreciendo menores precios de la electricidad.
  • La integración de las energías renovables en la red, con el fin de favorecer el cumplimiento de los objetivos en esta materia para 2020.
  • La atención a las necesidades de demanda derivadas de nueva actividad industrial.
  • La planificación de redes atendiendo a un análisis de alternativas posibles y costes, que ha permitido jerarquizar la urgencia de las inversiones, añadiendo el criterio económico a los anteriores.

La estimación de inversiones asociadas a las infraestructuras eléctricas previstas en el horizonte 2020 es de 4.554 millones de euros, con un volumen de inversión medio anual de 759 millones de euros, de los que se prevé recuperar 143 millones de euros de los Fondos FEDER a lo largo del periodo.

Como novedad, la presente planificación incluye un anexo II, no vinculante, para aquellas instalaciones consideradas necesarias, con horizonte posterior a 2020, de manera que pueda iniciarse su tramitación administrativa.