Resumen
En la actualidad está en vigor el documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, sometido al Congreso de los Diputados el 29 de septiembre de 2015, y aprobado el 16 de octubre de 2015 mediante Acuerdo del Consejo de Ministros (BOE núm. 254, de 23 de octubre de 2015).
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el apartado 4 del artículo 4. establece que, excepcionalmente, por Acuerdo de Consejo de Ministros, previo trámite de audiencia, informes de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de las Comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla afectadas y oído el Operador del Sistema, se podrá proceder a la modificación de aspectos puntuales de los planes de desarrollo cuando se produjera alguna de las siguientes situaciones:
- De acuerdo con los criterios de planificación establecidos se haya presentado un hecho imprevisto que pudiera afectar de manera significativa a la garantía y seguridad de suministro.
- Surjan nuevos suministros, cuya alimentación por motivos técnicos únicamente pueda realizarse desde la red de transporte y ésta no pudiera realizarse bajo la planificación de la red de transporte vigente.
- Concurran razones de eficiencia económica del sistema.
- La construcción de determinadas instalaciones en la red de transporte resulte crítica para la transición energética y la electrificación de la economía y estas no estuvieran contempladas en el instrumento de planificación vigente.
Las posibles modificaciones del Plan 2021-2026 solo pueden atender a estas motivaciones, tener carácter excepcional y además deben sujetarse al principio de sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico previsto en el artículo 13 de la citada Ley 24/2013, respetando en todo caso los límites de inversión anual establecidos por el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.
Se somete a trámite de audiencia e información pública la propuesta de modificación de aspectos puntuales de la Planificación vigente.
Prazo de remisión
Prazo para enviar argumentos a partir do día xoves, 14 de decembro de 2023 ata o día venres, 12 de xaneiro de 2024
Presentación de alegacións
Las alegaciones podrán remitirse en: Presentar alegaciones
Sólo se tomarán en consideración aquellas realizadas a través del formulario para presentar alegaciones.