Resumen
El 23 de febrero de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo para la mejora del proceso de negociación e incorporación del derecho de la Unión Europea al ordenamiento jurídico interno. Este Acuerdo tiene como finalidad mejorar la participación del Reino de España en los procesos de elaboración normativa en la Unión Europea (fase ascendente) y mejorar su aplicación y transposición (fase descendente).
Para ello se prevé la elaboración de un estudio de impacto sobre las propuestas legislativas de la Comisión Europea (EIPLE). Durante el proceso de elaboración del EIPLE se lleva a cabo un proceso de participación pública para que los ciudadanos, grupos de interés, asociaciones empresariales y sindicales, gabinetes de estudios, expertos o cualquier sector que se considere afectado por la propuesta legislativa puedan expresar su criterio.
Esta consulta tiene por objeto recabar la opinión de los actores mencionados sobre la propuesta legislativa de la Comisión que, por las competencias atribuidas a este Ministerio, recae en su ámbito de actuación.
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la se publica el Acuerdo del Consejo de ministros, de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se abre un periodo de consulta pública respecto al presente proyecto normativo.
1. Antecedentes
El 6 de mayo de 2025 la Comisión Europea publicó la Comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Roadmap towards ending Russian energy imports en línea con su Comunicación REPowerEU Plan del 18 de mayo de 2022 y los paquetes de sanciones aprobados por la UE desde la invasión rusa de Ucrania en febrero de 2022
El 17 de junio de 2025 se publicó en la página web de la Comisión Europea un proyecto de reglamento para modificar de nuevo el Reglamento (UE) 2017/1938 a fin de eliminar gradualmente las importaciones de gas ruso. La base jurídica son los artículos 207 y 194(2) del TFUE, relativos a medidas de política comercial y energía
Esta propuesta de reglamento recoge las medidas sistemáticas para eliminar las importaciones restantes de gas, petróleo y energía nuclear procedentes de la Federación de Rusia. Se incluyen prohibiciones a las importaciones de gas (por gasoducto en forma de GN y en forma de GNL) y el uso de las terminales de GNL, así como la obligación de presentar planes nacionales para la eliminación de las importaciones de gas y petróleo (a los EEMM que importan de Rusia).
Estas prohibiciones de importación entran en vigor de forma gradual, afectando primero a partir del 1 de enero de 2026 a nuevos contratos de gas, a partir del 17 de junio de 2026 a contratos a corto plazo de gas y, por último, a partir del 1 de enero de 2028 a contratos a largo plazo de gas.
Asimismo, refuerza la transparencia y trazabilidad, incluyendo los planes nacionales e incrementando la cooperación con las autoridades aduaneras para la monitorización y el intercambio de información.
2. Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
La dependencia de la UE de las importaciones de energía rusa supone una amenaza para la seguridad económica de la Unión. Por ello, poco después de la invasión rusa de Ucrania en febrero de 2022, la Comisión publicó la Comunicación «REPowerEU: Acción conjunta de la UE para una energía más asequible, segura y sostenible». En ella se esbozaba el compromiso de la UE de eliminar gradualmente la dependencia europea de las importaciones de energía rusa y se enumeraba una serie de medidas para alcanzar este objetivo. La Comunicación fue acogida por los representantes de los Estados miembros de la UE como parte de la «Declaración de Versalles», en marzo de 2022.
El referido plan REPowerEU presentaba un conjunto de acciones y recursos destinados a alcanzar los objetivos descritos en la Comunicación anterior. Se diseñó para abordar y cumplir eficazmente los objetivos de la Comunicación anterior a través de tres objetivos clave: promover el ahorro energético, fomentar la producción de energía limpia y diversificar el suministro energético.
A pesar de los importantes avances logrados en el marco del plan REPowerEU y de las sanciones impuestas desde la invasión de Ucrania por parte de Rusia, la UE experimentó un repunte de las importaciones de gas ruso en 2024. Por lo tanto, el 6 de mayo de 2025, la Comisión presentó la hoja de ruta REPowerEU, en la que se establece una eliminación coordinada, segura y gradual de las importaciones de gas, petróleo y energía nuclear rusos.
3. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias
Como alternativas posibles a partir del 1 de enero de 2026:
- No establecer ninguna prohibición, para lo cual no habría que promulgar norma alguna.
- Dilatar o acortar el calendario propuesto para la prohibición de los respectivos plazos de contratos de aprovisionamiento de gas ruso
- Mantener la reducción gradual tal como propone la Comisión en su propuesta.
4. Contenido de la Consulta Pública Previa
Con el objetivo recabar la opinión de los distintos agentes del sector afectados potencialmente por la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la eliminación gradual de las importaciones de gas natural ruso, la mejora del seguimiento de las posibles dependencias energéticas y la modificación del Reglamento (UE) 2017/1938, se abre esta consulta pública previa, que busca evaluar las cuestiones técnicas, económicas y regulatorios y su afección a la seguridad, sostenibilidad y competencia del sector.
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el viernes, 24 de octubre de 2025 hasta el viernes, 07 de noviembre de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones deberán remitirse mediante correo electrónico a la dirección bzn-SGH@miteco.es indicando en el asunto: “Consulta pública previa reglamento phase out”.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).
Con carácter general las aportaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y, en consecuencia, no puedan ser difundidas públicamente, deberán ser señaladas e identificadas de manera explícita en el propio texto remitido. A estos efectos, no se tendrán en cuenta los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.