Políticas y legislación

Marco estratégico y legislación en la Unión Europea:

En consonancia con el Pacto Verde Europeo y el objetivo de descarbonización a 2050 de la Unión Europea el hidrógeno aparece en el ámbito estratégico energético de la UE por primera vez en la Estrategia Europea del Hidrógeno del año 2020.

Desde esa fecha el hidrógeno renovable ha tenido un papel prominente en todos los paquetes legislativos y estrategias de la Unión Europea. Destacando las que se mencionan a continuación.

Directiva de Energías Renovables (DERIII).

En el año 2024 se modificó la Directiva (UE) 2018/2001, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. En esta última modificación se incrementa la ambición de los objetivos de renovables en transporte y se introducen nuevos objetivos para industria, entre otros. En el ámbito del hidrógeno renovable esta directiva ya definía los combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO por su acrónimo en inglés), así como los requisitos exigibles a los mismos. Con la nueva reforma se introducen tres nuevos objetivos:

·         Sub-objetivo mínimo del 1% de RFNBOs en la energía utilizada en transporte para 2030 y del 1,2% para el transporte marítimo. 

·         Objetivo mínimo del 42% de hidrógeno renovable en el consumo de hidrógeno en la industria en 2030 y del 60% en 2035.

De esta Directiva cuelgan dos actos delegados que establecen los requisitos para que un hidrógeno pueda ser certificado como RFNBO:

·         Reglamento Delegado 2023/1184 del 10 de febrero de 2023 complementando la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo estableciendo una metodología de la Unión estableciendo las reglas detalladas para la producción de los combustibles renovables de origen no biológico (RFNBOs) líquidos y gaseosos.

·         Reglamento Delegado 2023/1185 del 10 de febrero de 2023 complementando la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo estableciendo un umbral mínimo para el ahorro de emisiones gases de efecto invernadero derivados de los RFNBOs y los combustibles reciclados de carbono (RCF) 

Paquete Legislativo de normas comunes para el mercado de hidrógeno

El paquete legislativo de descarbonización de los mercados del hidrógeno y del gas, compuesto por una Directiva y un Reglamento, establece normas precisas para la organización del mercado del gas natural y establece un marco sólido para el desarrollo del futuro mercado del hidrógeno, incluida la infraestructura específica del hidrógeno. Contiene normas específicas para el transporte, suministro y almacenamiento de gas natural y de hidrógeno.

  • Directiva (UE) 2024/1788, de 13 de junio de 2024, relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas renovable, del gas natural y del hidrógeno, por la que se modifica la Directiva (UE) 2023/1791 y se deroga la Directiva 2009/73/CE. De esta Directiva cuelga el REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2025/2359 DE LA COMISIÓN de 8 de julio de 2025 por el que se completa la Directiva (UE) 2024/1788 del Parlamento Europeo y del Consejo especificando una metodología para analizar la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero derivada del uso de combustibles hipocarbónicos.
  • Reglamento (UE) 2024/1789, de 13 de junio de 2024, relativo a los mercados interiores del gas renovable, del gas natural y del hidrógeno y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1227/2011, (UE) 2017/1938, (UE) 2019/942 y (UE) 2022/869 y la Decisión (UE) 2017/684 y se deroga el Reglamento (CE) n.° 715/2009

Reglamento Refuel Aviation

El reglamento Refuel Aviation impone obligaciones a los suministradores de combustible de aviación de incorporar un porcentaje de SAF (combustible sostenible de aviación) a partir de 2025 y de combustible sintético de aviación (e-SAF) a partir de 2030. En el caso de los RFNBOs estos habrán de cumplir los criterios de la Directiva de Energías Renovables.

Reglamento Refuel Maritime

El reglamento Refuel Maritime (Reglamento (UE) 2023/1805) establece una obligación de reducción de emisiones por la energía utilizada en barco a los operadores marítimos a partir de 2025. Esta descarbonización se podrá lugar con cualquier combustible que reduzca emisiones, como los RFNBOs. Estos últimos computan doble y podrán estar sujetos a una senda de sub-objetivos específica en función de la evolución del mercado.

Reglamento AFIR

El Reglamento (UE) 2023/1804 de 13 de septiembre de 2023 relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y por el que se deroga la Directiva 2014/94/UE, establece unos objetivos vinculantes de infraestructura de recarga y repostaje para los Estados miembro de la UE.

En materia de hidrogeneras obliga a los Estados miembro a establecer un marco de acción nacional que contemple una red de hidrogeneras situadas a una distancia máxima de 200 km a lo largo de la red básica trans europea de carreteras y en los principales nodos urbanos, con una capacidad mínima de 1ton/día y equipadas al menos con un dispensador de 700 bar.

Marco estratégico nacional de hidrógeno renovable

El marco estratégico nacional se sustenta en tres pilares.

En el año 2020 se publica la Hoja de Ruta del Hidrógeno: Una apuesta por el Hidrógeno Renovable con el objetivo de identificar las prioridades y recursos necesarios, así como los principales retos en el desarrollo del hidrógeno renovable y las posibles medidas para superarlos, permitiendo el despliegue de este vector energético en España y posicionar a nuestro país como un referente tecnológico a futuro.

Posteriormente, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030 (PNIEC), que incluyó en su medida 1.16 al fomento del hidrógeno renovable. Esta medida tiene por objeto desarrollar la cadena de valor del hidrógeno renovable en España y propone los siguientes mecanismos de actuación:

·         Desarrollo de las medidas contenidas en la Hoja de Ruta del Hidrógeno.

·         Desarrollo del marco normativo nacional del Hidrógeno a través de la incorporación e integración de la nueva regulación europea que modifica la normativa de gas natural, así como de los aspectos reglamentarios sobre la seguridad en las instalaciones y del personal operativo y los usuarios, más los procedimientos para la logística, el transporte y la dispensación del hidrógeno.

·         Adecuación de los objetivos nacionales a los previstos en el Plan REPowerEU, en la nueva Directiva de Energías Renovables y en el Paquete relativo al hidrógeno y al gas descarbonizado, formado por la Directiva relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas natural y los gases renovables y del hidrógeno y por el Reglamento relativo a los mercados interiores del gas natural y los gases renovables y del hidrógeno.

·         Simplificación administrativa y eliminación de barreras regulatorias.

·         Líneas de ayuda a proyectos de cadena de valor de H2 renovable bajo el marco del PRTR, entre ellos los Proyectos IPCEI (Important Projects of Common European Interest) de H2. 

·         Revisión y actualización de la Hoja de Ruta del Hidrógeno y sus objetivos para su adaptación a la nueva coyuntura energética y geopolítica internacional y europea.

·         Medidas destinadas a la promoción de la I+D+I.

Y finalmente, la Estrategia a Largo Plazo para la descarbonización (ELP) traza el camino para alcanzar el objetivo de neutralidad climática en el año 2050, dentro del cual el hidrógeno juega un papel de relevancia.

Marco normativo español sobre el hidrógeno

En cuanto al marco general sobre el mercado de hidrógeno se encuentra actualmente en fase de redacción la transposición de la Directiva (UE) 2024/1788 relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas renovable, del gas natural y del hidrógeno, que dotará al cuerpo jurídico español de las bases regulatorias de este sector. Hasta que dicha norma se apruebe los proyectos de hidrógeno se encuadran en distintos marcos normativos según la etapa de la cadena de valor. Así, los electrolizadores por ejemplo se consideran instalaciones industriales bajo la Ley de Industria, de tramitación autonómica, y por otro lado los proyectos de canalizaciones de hidrógeno se acogen a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre del sector de hidrocarburos y su normativa de desarrollo.

Respecto al fomento de la adopción del hidrógeno como combustible renovable hay que destacar la reciente aprobación del Real Decreto 611/2026, de 22 de julio, de impulso a la descarbonización del sector del transporte y fomento de los combustibles renovables, y por el que se modifican diversos reales decretos en la materia, que transponiendo parcialmente la Directiva (UE) 2023/2413 (DERIII) establece por primera vez mandatos de venta o consumo de combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO) en el sector del transporte desde el año 2027 hasta 2040, a través de su incorporación al nuevo Sistema de Certificación de Combustibles Renovables (SICCRE). Se encuentra en fase de tramitación la orden ministerial que va a regular los procedimientos asociados a este mecanismo.

Por otro lado, en el año 2022 se estableció el Sistema de garantías de origen para gases renovables, que el mencionado Real Decreto 611/2026 ha ampliado a gases hipocarbónicos.

Componente 9: Hoja de ruta del hidrógeno renovable y su integración sectorial

El hidrógeno, como vector energético, tiene un elevado potencial en aquellos usos finales en que sea la solución más eficiente, como la industria intensiva en hidrógeno y procesos de alta temperatura, transporte pesado de larga distancia, transporte marítimo, transporte ferroviario o aviación. Además, la cualidad de vector energético le otorga un gran potencial como instrumento para el almacenamiento energético y la integración sectorial.

El objetivo de la Componente 9 es crear un entorno favorable al desarrollo y despliegue del hidrógeno renovable como vector energético clave a futuro, en torno a una cadena de valor industrial innovadora y de conocimiento basada en pymes, mediante el apoyo a la transferencia tecnológica, y al desarrollo de nuevas líneas de negocio.

España tiene la oportunidad de posicionarse como referente tecnológico en la producción y aprovechamiento del hidrógeno renovable, liderando un proyecto país hacia una economía descarbonizada, a través del impulso de la cadena de valor del hidrógeno mediante la creación de clústers tecnológicos y proyectos piloto a escala regional, el fomento de la innovación industrial, el apoyo a las zonas de transición justa y la disponibilidad de energía renovable a precios competitivos.

Inversión total: 1.555 millones de euros.

Reformas

C9.R1: Hoja de ruta del hidrógeno: una apuesta por el hidrógeno renovable, que incluye un análisis de la situación actual y de las barreras que afronta el desarrollo del hidrógeno renovable en España, incluyendo medidas en distintos ámbitos (normativos, incentivos, etc.) para conseguir desarrollar el hidrógeno renovable.

Inversiones

C9.I1: Hidrógeno renovable: un proyecto país, que se desarrolla a través de 4 líneas:

  1. Medidas de apoyo a las pymes y los centros tecnológicos,
  2. Integración sectorial que concentre espacialmente la producción, transformación y consumo a gran escala,
  3. Desarrollo de proyectos pioneros,
  4. Integración de la cadena de valor nacional en la cadena de valor comunitaria.

En concreto, las inversiones se desarrollan en torno a cuatro líneas de actuación:

Línea 1: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento: medidas de apoyo a las PYMEs y los centros tecnológicos para permitirles mejorar sus capacidades productivas y la transferencia tecnológica, destacando las siguientes:

  • Construcción de instalaciones y equipos de ensayo vinculados a la I+D+i.
  • Mejora de las instalaciones y adquisición de equipos de fabricación de equipos y componentes.
  • Desarrollo de equipos (ej. electrolizadores, compresores, bombonas, pilas de combustible) que permitan reducir los costes de producción, logística y consumo del hidrógeno renovable.

Se fomentará la colaboración de PYMEs globales altamente especializadas con centros tecnológicos y laboratorios de excelencia en el conocimiento y se tendrán en cuenta los aspectos de sostenibilidad de las cadenas de valor (ej. reciclabilidad de componentes, fin de vida útil, recuperación de materiales críticos, requisitos de eco-diseño).

Línea 2: Creación de un clúster de hidrógeno renovable para la integración sectorial que concentre espacialmente la producción, transformación y consumo a gran escala desplazando materias fósiles. Este clúster reunirá las siguientes características:

  • Localización en un polo industrial en los que se localizan los principales consumidores de hidrógeno (de origen fósil en la actualidad) y se ubicaría el electrolizador, con posible extensión a otras localizaciones para abarcar el mayor número de sectores de actividad posible.
  • Gobernanza a través de una colaboración público-privada, con la participación por parte del sector público del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) y el Centro Nacional del Hidrógeno (CNH2) para la supervisión y asesoramiento técnico de los proyectos.

El proyecto será seleccionado en una convocatoria pública en la que, además de exigirse los requerimientos mínimos enunciados a continuación se tendrá en cuenta la eficiencia económica en el abatimiento de emisiones, maximizando la reducción de emisiones de CO2 (tCO2eq/€).

Línea 3: Desarrollo de proyectos Singulares pioneros que permitan la introducción del hidrógeno renovable, entre otros, en otros polos industriales distintos al incluido en el clúster y en sistemas energéticos aislados, así como la integración del suministro de hidrógeno renovable en el transporte, la generación eléctrica y los usos térmicos. El tamaño de estos proyectos será significativamente inferior al del clúster, si bien se buscarán tamaños mínimos que permitan aprovechar economías de escala, sinergias y optimicen en su ámbito los procesos de descarbonización con hidrógeno renovable.

Línea 4: Actuaciones de apoyo para integrar la cadena de valor nacional en la cadena de valor comunitaria, mediante líneas de apoyo para la participación de empresas nacionales en proyectos y consorcios europeos, incluyendo una contribución para la participación en el proyecto IPCEI de hidrógeno. Las empresas españolas pueden participar con un proyecto que cubra alguna de las fases de la I+D+i y/o del primer despliegue industrial derivado de la I+D y que se sitúe en alguno de los nichos de la cadena de valor: producción, almacenamiento, transporte y distribución de hidrógeno, usos industriales del hidrógeno, usos del hidrógeno para la movilidad o usos del hidrógeno renovable para redes.

PERTE de energías renovables, hidrógeno renovable y almacenamiento (PERTE ERHA)

El 14 de diciembre de 2021 se aprobó el PERTE de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (ERHA), donde se incluyen las inversiones específicas de la Componente 9, que se articulan en torno a las cuatro líneas presentadas bajo el modelo del PRTR.

Adenda al Plan de Recuperación

La adenda al Plan de Recuperación es una actualización del documento aprobado en julio de 2021. El 2 de octubre de 2023 la Comisión Europea aprobó esta segunda fase del Plan de Recuperación que permitirá movilizar hasta 163.000 millones de euros en el periodo 2021-2026.

Con la aprobación de la Adenda y, por consiguiente, la puesta en marcha de la segunda fase del Plan de Recuperación se actualiza el calendario de desembolsos, que incluye transferencias adicionales y préstamos, así como los hitos y objetivos asociados, con el fin de mantener el ritmo de inversión en los próximos años. La Adenda incluye un nuevo capítulo destinado a la financiación de las actuaciones bajo la iniciativa RepowerEU, con cerca de 7.000 millones de euros de financiación.

C31: Capítulo RePowerEU

Las medidas adoptadas en este capítulo están orientadas a los objetivos previstos en el artículo quarter. 3 del Reglamento 2021/241, a saber: la descarbonización de la industria, el aumento de la producción y utilización de biometano sostenible y de hidrógeno sostenible o no fósil, el aumento de la proporción y la aceleración del despliegue de las energías renovables, la creación de incentivos para la reducción de la demanda de energía, la eliminación de los cuellos de botella interiores y transfronterizos en el transporte y la distribución de energía, el apoyo a almacenamiento de electricidad, la aceleración de la integración de las fuentes de energía renovables y el apoyo a las cadenas de valor en materias primas y tecnologías fundamentales relacionados con la transición ecológica.

Las reformas que se incluyen en esta componente permiten abordar gran parte de los desafíos del sector energético a los que se enfrenta España, entre ellos la agilidad en la tramitación administrativa de los distintos permisos necesarioS.

Reformas

C31.R1: Permisos de instalaciones renovables: mejora del proceso de tramitación administrativa de las instalaciones de generación eléctrica renovable. Las mejoras consisten en agilizar, simplificar y reducir cargas administrativas, así como reforzar la claridad de dichos procedimientos.

Inversiones

C31.I1: Autoconsumo renovable, almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas. 

C31.I2: Esquema para apoyar la producción y consumo de hidrógeno renovable

C31.I3: Esquema para apoyar la cadena de valor de las energías renovables y el almacenamiento

C31.I4: Infraestructuras energéticas

C31.I5: Programa de impulso a la competitividad y sostenibilidad industrial (PERTE de Descarbonización Industrial I) (subv.)

C31.I6: Programa de impulso a la competitividad y sostenibilidad industrial (PERTE de Descarbonización Industrial II) (subv.) 

C31.I7: Programa de impulso a la competitividad y sostenibilidad industrial (PERTE de Descarbonización Industrial I) (ptmos.)

C31.I8: Programa de impulso a la competitividad y sostenibilidad industrial (PERTE de Descarbonización Industrial II) (ptmos.)