Orden reguladora para concesión de capacidad de acceso para módulos de generación de electricidad síncronos renovables en nudos de transición justa

Consulta:

Cerrado

Rango de la Norma:

Orden Ministerial

Carácter de la consulta:

Normativas

Tipo de participación:

Audiencia e información pública

Resumen

A efectos de elaborar la orden reguladora del procedimiento y requisitos aplicables para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica para módulos de generación de electricidad síncronos de procedencia renovable en los nudos de transición justa Garoña 220 kV, Guardo 220 kV, Lada 400 kV, Mudéjar 400 kV y La Robla 400 kV, se inicia la fase de audiencia e información pública con la publicación del proyecto de texto. Mediante esta publicación se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Con este objetivo y para favorecer la generación de actividad económica alternativa al cierre de instalaciones de energía térmica de carbón o termonuclear, el Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, introduce una Disposición adicional a la Ley del sector Eléctrico por la que se habilita a la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a incorporar por orden ministerial requisitos y criterios específicos para el establecimiento de un orden para la concesión de la totalidad o de parte de la capacidad de acceso en los nudos de la red afectados por dichos cierres distintos a los establecidos con carácter general para el resto de la red.

El objetivo es, por un lado, aflorar nueva potencia renovable y optimizar su potencial con la generación de beneficios socio-económicos para las zonas afectadas por los cierres de centrales térmicas mediante un procedimiento para su concesión y, por otro lado, contribuir a la flexibilidad y estabilidad del sistema energético, además de favorecer la penetración de nuevas instalaciones renovables en el mismo, mediante la instalación de módulos de generación de electricidad síncronos (MGES).

Se trata de un procedimiento de prelación temporal según lo establecido en el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, con la particularidad de incluir las especialidades que se establecen en la orden objeto de la presente audiencia pública, y que tienen su justificación en la especial naturaleza de estos nudos como de transición justa.

Para la consecución del fin de optimizar los beneficios socioeconómicos para la zona afectada por el cierre de las correspondientes centrales térmicas se ha establecido un procedimiento que condiciona la emisión de los permisos de acceso y conexión por el gestor de la red de transporte a la presentación, junto con la solicitud, de compromisos relacionados con la ejecución de actuaciones de desarrollo socioeconómico que incluyan compromisos relacionados con creación de empleo, la recualificación profesional y el autoconsumo.

La diferente situación de los nudos en cuanto a su nivel de saturación, el potencial de recurso renovable o los permisos solicitados existentes y la situación económica y social de cada zona de transición justa precisan de ritmos y soluciones diferentes, por lo que el objeto de esta orden es la aprobación de las bases del procedimiento que ha de regir para la concesión de capacidad de acceso en los nudos de transición justa Garoña 220 kV, Guardo 220 kV, Lada 400 kV, Mudéjar 400 kV y La Robla 400 kV afectados por los cierres de las centrales térmicas siguientes: Central nuclear de Santa María de Garoña (en Santa María de Garoña, Burgos), Central térmica de Velilla (en Velilla del Río Carrión, Palencia), Central térmica de Lada (en Langreo, Asturias), Central térmica Teruel (en Andorra, Teruel) y Central térmica de La Robla (en La Robla, León).

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el viernes, 08 de septiembre de 2023 hasta el viernes, 29 de septiembre de 2023

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: nudos@transicionjusta.gob.es

A la hora de comunicar las observaciones o comentarios será necesario identificarse adecuadamente.

No se tendrán en cuenta las observaciones que no se presenten en la forma y fecha establecidas.

Anexos

Memoria de la Orden [PDF] [797,11 KB]

Borrador de la Orden [PDF] [519,59 KB]