Propuesta de Resolución de la Dirección de Política Energética y Minas por las que se aprueban los costes de Generación de Liquidación y el Extracoste de la actividad de producción en los territorios no peninsulares del ejercicio 2020.

Consulta:

Cerrado

Rango de la Norma:

Disposición de otras autoridades

Carácter de la consulta:

No Normativas

Tipo de participación:

Audiencia e información pública

Resumen

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, dispone en su artículo 10 que las actividades para el suministro de energía eléctrica que se desarrollen en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares podrán ser objeto de una reglamentación singular debido a las especificidades que presentan respecto al sistema peninsular.

De esta forma, la citada ley 24/2013, de 26 de diciembre, establece que se podrá determinar un concepto retributivo adicional para cubrir la diferencia entre los costes de inversión y explotación de la actividad de producción de energía eléctrica desarrollada en estos territorios y los ingresos de dicha actividad de producción.

El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, desarrolla este concepto retributivo adicional, así como el procedimiento de liquidación del coste de generación aplicable a todas las instalaciones de producción en estos territorios.

En el anterior procedimiento de liquidación, adicionalmente a las liquidaciones de la energía vendida en el despacho económico de cada sistema eléctrico aislado, las instalaciones con régimen retributivo adicional o específico perciben con carácter mensual liquidaciones provisionales a cuenta de la definitiva.

En virtud del artículo 72 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, la liquidación definitiva será aprobada por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.

De acuerdo con lo anterior, mediante las presentes propuestas de resolución se establecen la cuantía de los costes de generación de liquidación y el extracoste de la actividad de producción de energía eléctrica para los grupos titularidad del grupo Endesa, para la instalación Gorona del Viento y para las instalaciones con régimen retributivo específico, así como la cuantía total asociada a la actividad de producción en los territorios no peninsulares.

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el martes, 26 de septiembre de 2023 hasta el viernes, 20 de octubre de 2023

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-consulta.tnp@miteco.es indicando en el asunto: "TNP liquidaciones 2020"

Con carácter general las respuestas y/o escritos de alegaciones se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación que podrán desestimarse, en su caso, también de forma motivada, conforme la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Anexos

Propuesta Reso total 2020 [PDF] [154,97 KB]

Propuesta Reso RRE 2020 [PDF] [286,91 KB]

Propuesta Reso ENDESA 2020 [PDF] [284,32 KB]

Propuesta Reso GORONA 2020 [PDF] [219,89 KB]