Audiencia e información pública sobre el proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de inversión para la adaptación física de la infraestructura portuaria nacional en Puertos de Interés General destinada al despliegue de la eólica marina y otras renovables marinas en España (programa PORT-EOLMAR), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Consulta:

Abierta

Rango de la Norma:

Orden Ministerial

Carácter de la consulta:

Normativas

Tipo de participación:

Audiencia e información pública

Resumen

Esta orden establece las bases reguladoras para la/s convocatoria/s de ayuda a proyectos de inversión pública relacionados con la adaptación física de la infraestructura portuaria nacional, en puertos de interés general, cuando esté destinada al despliegue de la eólica marina y otras renovables marinas en España, y se vincula a la inversión C31.I3 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

El objeto de estas inversiones es reforzar la autonomía estratégica española y europea en la cadena de valor de renovables y almacenamiento, en particular, viabilizando sólo “proyectos de infraestructuras” singulares en una ubicación estratégica y con unos elevados requisitos mínimos de capacidad, que mejoren de manera significativa las capacidades logísticas tanto en tierra como en mar de la infraestructura portuaria, mediante la construcción o adaptación de muelles y/o superficies de operación en su zona trasera, así como los servicios generales asociados a la puesta en explotación de estos, adecuadas para el despliegue de eólica marina y de otras las renovables marinas y de su cadena de valor en España.

Para ello, a cada actuación subvencionable se le exige unos requerimientos mínimos de capacidad de longitud mínima de alineación de muelle, calado y superficie mínima de explanada asociada, así como que esté vinculada a un “Proyecto Industrial” con una inversión privada comprometida por un importe igual o superior al de la inversión pública subvencionada, que conlleve la ejecución de actuaciones de consolidación de terrenos, pavimentación, construcción de naves para el desarrollo de procesos industriales asociados; adquisición de equipamientos y/o construcción de instalaciones auxiliares y redes de servicios necesarias dentro de su espacio concesional, destinadas al despliegue de la eólica marina u otras energías renovables marinas y su cadena de valor en España y para cuya explotación requerirá la ocupación y/o utilización de los activos generados en el proyecto de infraestructuras.

Además de la orden de bases, la documentación a consulta se acompaña del modelo de convocatoria específica relativa a la adaptación física de la infraestructura portuaria nacional, destinada al despliegue de la eólica marina y otras renovables marinas en España, en el marco del PRTR.

 

1. Antececentes

La Ley sobre la industria de cero emisiones netas (Net-Zero Industrial Act) es una iniciativa derivada del Plan Industrial del Pacto Verde (Green Deal Industry Plan), cuyo objetivo es ampliar la fabricación de tecnologías limpias en la Unión Europea.

El PERTE ERHA, recoge, entre otras, este programa de incentivos como una de las medidas facilitadoras para lograr uno de sus tres objetivos principales de Consolidar la cadena de valor nacional en transición energética y de posicionar España como líder en la cadena de valor de la transición energética, de manera que se pueda cumplir la hoja de ruta marcada por el Marco Estratégico de Energía y Clima, logrando al mismo tiempo un tejido productivo más competitivo y resiliente.

La “Hoja de Ruta para el despliegue de la eólica marina y las energías del mar en España”, aprobada en diciembre de 2021, incluye entre sus principales objetivos “ser un referente internacional y europeo en capacidades industriales y el conjunto de la cadena de valor de estas energías”, y prevé medidas orientadas a “Reforzar las capacidades logísticas y de infraestructura portuaria del país de cara a la fabricación y montaje de parques eólicos marinos y dispositivos de energías del mar”.

Por medio de la Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Programa RENMARINAS DEMOS), ya se han acometido los instrumentos y medidas previstos en la componente 7 (Despliegue e integración de renovables) que forman parte del PERTE, en particular, las medidas 5 “Plataformas de ensayo para renovables marinas” y 7 “Proyectos piloto de renovables marinas” del PERTE.

No obstante, queda pendiente de implementar la medida 6 “Adaptaciones logísticas e instalaciones portuarias” del PERTE, relativa a la realización de “inversiones y subvenciones a fondo perdido en las infraestructuras portuarias en puertos que se determinen idóneos para el despliegue de la energía eólica marina y energías del mar”, encaminada a “la adaptación de las infraestructuras portuarias para que puedan alojar y realizar, con visión estratégica consolidada en el largo plazo, actividades relacionadas con el desarrollo de las energías renovables marinas, como el ensamblaje de aerogeneradores, fabricación de plataformas y estructuras, almacenamiento de material, potenciación de redes eléctricas y energéticas a partir de la generación renovable, etc.”

 

2. Motivación

Europa es actualmente un importador neto de tecnologías energéticas de cero emisiones netas. Las tecnologías energéticas de cero emisiones netas están en el centro de importantes intereses geoestratégicos y de la carrera tecnológica mundial. Los países quieren asegurar que su abastecimiento proceda de las tecnologías de producción de energía más avanzadas e impulsar la transición limpia. Otras regiones del mundo están realizando grandes inversiones y desplegando medidas de apoyo para renovar y reforzar sus capacidades de producción.

En tecnologías emergentes, es conveniente reforzar la cadena de valor. Los puertos españoles son fundamentales para el desarrollo de las renovables marinas, como grandes áreas de montaje y fabricación, tanto para el desarrollo de proyectos renovables marinos en España como para los mercados internacionales, así como parte vital de la cadena de suministro y hub logístico. En este contexto, son necesarias infraestructuras adaptadas y con áreas suficientes disponibles de montaje y construcción simultánea de aerogeneradores marinos de tecnología flotante La adaptación de la infraestructura y capacidades en los puertos españoles, permitirá ganar competitividad en el marco de la cadena de valor de las energías renovables marinas e impulsar el liderazgo industrial español y europeo en renovables.

España debe aprovechar esta oportunidad y reforzar la cadena de valor de los componentes de la eólica marina y las tecnologías renovables marinas, con el fin de garantizar la seguridad energética, aumentar nuestra competitividad y descarbonizar la industria. Ello, en línea con los principios básicos de la Unión Europea de transformación digital y medioambiental, con el Plan RepowerEU y con la Ley sobre la industria de cero emisiones netas (Net-Zero Industrial Act).

 

3. Marco Estatal

El PRTR contempla diez políticas palanca y treinta componentes, recogiendo un conjunto de inversiones y reformas orientadas a la recuperación y a impulsar un cambio de modelo económico, productivo y social para abordar de forma equilibrada los retos futuros: hacia una España más sostenible, digitalizada, en igualdad y con mayor cohesión social.

Sobre la base de la experiencia de la primera fase del Plan de Recuperación en el periodo 2021-2023, se lanzó una Adenda al mismo que permitirá consolidar la reindustrialización estratégica del país mediante la movilización de más de 10.000 millones de euros de transferencias adicionales y hasta 84.000 millones de euros en préstamos. Esta orden de bases se vincula a la componente 31 (“Capítulo REPowerEU”), inversión 3 (C31.I3) “Ayudas e inversión en cadena de valor de renovables y almacenamiento” del PRTR.

Las ayudas reguladas en esta orden no constituyen ayudas de Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en los términos en los que se plantea el otorgamiento de ayudas, entre ellos, se destaca el de que la inversión privada comprometida por el proyecto industrial posterior sea por un importe igual o superior al de la inversión pública subvencionada en el proyecto de infraestructuras.

Esta orden de bases y la convocatoria correspondiente cumplen con la normativa de carácter europeo y nacional que les son de aplicación.

Este trámite de audiencia se atiene a lo establecido en el artículo 26 de la ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno así como en el artículo 48 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aplica la  tramitación de urgencia y el despacho prioritario, en los términos previstos en los artículos 33 y 71 respectivamente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de los procedimientos administrativos que impliquen la ejecución de gastos con cargo a los fondos europeos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, sin necesidad de que el órgano administrativo motive dicha urgencia en el correspondiente acuerdo de inicio.

 

4. Trámite de audiencia

La documentación sometida a audiencia e información pública es la siguiente:

  • "Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de inversión para la adaptación física de la infraestructura portuaria nacional en puertos de interés general destinada al despliegue de la eólica marina y otras renovables marinas en España (programa PORT-EOLMAR), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”.
  • Borrador de “Resolución de XX de XX de 2025 del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se realiza la primera convocatoria de ayudas a la adaptación física de la infraestructura portuaria nacional en puertos de interés general destinada al despliegue de la eólica marina y otras renovables marinas en España (programa PORT-EOLMAR), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”.

Entre el 13 y el 27 de septiembre de 2024 se lanzó una consulta previa de esta normativa.

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el martes, 29 de julio de 2025 hasta el miércoles, 17 de septiembre de 2025

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-renovables-01@miteco.es

Deberán indicar las siguientes cuestiones:

  • Asunto: "AeIP Incentivos Adaptación Infraestructuras Puertos".
  • Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
  • Organización o asociación (si corresponde)
  • Contacto (correo electrónico)

Deberá utilizarse la plantilla facilitada “Plantilla para alegaciones” en formato editable Excel.

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).

Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Se consideran especialmente relevantes las aportaciones relativas a los requisitos mínimos de capacidad establecidos (artículo 8 de las bases reguladoras).

Anexos

Propuesta de Orden [PDF][865 KB]

Propuesta de Resolución [PDF][706 KB]

Plantilla de alegaciones [XSLX][11 KB]