NOTA: Como consecuencia de las modificaciones introducidas en la Ley 18/2014, la presente resolución se encuentra pendiente de modificación para ajustarse a las nuevas obligaciones y requisitos del SNOEE.
La ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia crea y regula el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética, determina quiénes son los sujetos obligados, cómo se calculan las obligaciones de ahorro energético y establece el régimen sancionador.
El Real Decreto – ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, establece en su disposición final novena una modificación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que afectan al Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética.
Concretamente se modifican los artículos 69, 70, 71, 72, 74, 77 y 79.
Estas modificaciones responden a la necesidad de actualizar y mejorar la precisión del sistema de determinación de las obligaciones de ahorro energético, alineándolo con la evolución real de la actividad de los sujetos obligados. En particular, el uso de información más reciente permite una asignación más representativa de las obligaciones, evitando desajustes derivados de referencias temporales alejadas.
Asimismo, la ampliación de los sujetos obligados contribuye a reforzar la equidad en el reparto de los esfuerzos de ahorro energético, incorporando nuevos agentes cuya actividad resulta relevante a efectos del cumplimiento de los objetivos del sistema.
También se actualizan las infracciones en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
Las principales modificaciones introducidas en la Ley 18/2014 son:
NOTA: Como consecuencia de las modificaciones introducidas en la Ley 18/2014, la presente resolución se encuentra pendiente de modificación para ajustarse a las nuevas obligaciones y requisitos del SNOEE.