Resumen
El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica establece en su artículo 18.1 que, de conformidad con lo previsto en el apartado 10 del artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, mediante orden de la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico podrá convocar concursos de capacidad de acceso en un nudo concreto de la red de transporte para nuevas instalaciones de generación de energía eléctrica que utilicen fuentes de energía primaria renovable y para instalaciones de almacenamiento.
Las condiciones para que pueda acordarse la celebración de estos concursos de capacidad de acceso se encuentran reguladas en el artículo 18 del citado Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre. A los efectos de conocer si se cumplen estas condiciones, el artículo 20 establece que, el primer día hábil de cada mes, el operador del sistema deberá remitir a la Secretaría de Estado de Energía un informe en el que se ponga de manifiesto si hay nudos que cumplen los requisitos para la celebración de un concurso. Si el informe del operador del sistema pusiese de manifiesto que hay nudos que cumplen esos requisitos la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía podrá, en un plazo máximo de dos meses, podrá dictar resolución por la que se acuerda la celebración de un concurso de capacidad de acceso en los términos establecidos en el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre.
De acuerdo con lo anterior, la Secretaría de Estado de Energía ha dictado varias resoluciones acordando la celebración de concurso de capacidad de acceso en unos trescientos nudos de la red de transporte que se detallan el formulario adjunto a esta consulta.
El ya señalado artículo 20 del citado real decreto recoge el procedimiento para la reserva y celebración del concurso y, a tal fin, en junio de 2022, se sometió a trámite de audiencia una propuesta de orden convocando el primer concurso de acceso en alguno de los nudos reservados en ese momento. No obstante, y puesto que en ese momento no se observaba un problema o un déficit de acceso a la red para el desarrollo de renovables, finalmente no fue aprobada la propuesta de orden señalada.
En el trámite de audiencia antes señalado, las asociaciones y promotores de nuevas plantas de generación renovable y almacenamiento, por diversos motivos consideraban más adecuados otros nudos diferentes de los contenidos en la propuesta de cara a la realización de una primera convocatoria de concursos de acceso. Con el objetivo de lograr un mayor éxito en los concursos de acceso que conduzcan a la instalación de las instalaciones renovables y de almacenamiento, así como de conocer que tecnologías se desean implantar en cada nudo, con carácter previo a la aprobación de un concurso de acceso para generación se considera adecuado realizar una manifestación de interés que permita conocer ciertos detalles.
Con este objeto, se abre esta manifestación de interés previa para recabar:
1. En que nudos de entre los reservados los agentes están dispuestos a concursar y si el acceso a la capacidad tendría lugar a través de la red de transporte o de la red de distribución
2. Cuál es la tecnología o tecnologías con las que desean concursar al mismo.
3. Si desean o no presentar proyectos hibridados.
4. Si se trata de un nuevo proyecto o de una ampliación o hibridación de uno ya en servicio o con acceso concedido.
5. Si se trata de proyectos asociados a modalidades de autoconsumo.
6. Si se trata de proyectos de I+D+i.
7. Si el proyecto ya cuenta con Declaración de Impacto Ambiental favorable.
Esta manifestación de interés tiene por objeto realizar una prospección en cada uno de los nudos reservados para concurso de la disposición de los promotores a la instalación de plantas de generación y almacenamiento y conocer qué tecnologías instalarían. En ningún caso la participación en esta manifestación de interés otorgará derecho alguno ni puntuación adicional en la eventual celebración de un concurso de acceso.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el martes, 19 de marzo de 2024 hasta el viernes, 12 de abril de 2024
Presentación de alegaciones
Las propuestas deben presentante a través del formulario mediante el siguiente enlace:
https://forma.administracionelectronica.gob.es/form/open/corp/ff5529ed-2ece-4537-913a-4446f728d6e7/gSEB
Solo se considerarán aquellas respuestas que estén corretamente identifiadas.
Una vez realizada la participación se puede obtener un PDF con la información remitida, se sugiere guardar dicho PDF. Este documento servirá como justificante de participación en el proceso.