Resumen
Se publica la consulta pública previa a la elaboración de la orden de bases que regulará el procedimiento y requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de procedencia renovable en el nudo de transición justa Maciñeira 400 kV, en la zona de transición justa de As Pontes, afectada por el cierre de la central térmica de Puentes de García Rodríguez, en el municipio de As Pontes (A Coruña).
El objetivo del concurso es conceder la capacidad de acceso de evacuación disponible en el nudo de transición justa Maciñeira 400 kV, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, priorizando los proyectos de energías renovables que maximicen los beneficios socioeconómicos y minimicen la afección ambiental en la zona. De este modo, se pretende promover que la instalación de energías renovables impulse proyectos adicionales que contribuyan a mitigar el impacto del cierre de la central térmica.
Entre los criterios para la adjudicación del concurso, se valorarán los beneficios socioeconómicos locales, como la creación de empleo, el fomento del empleo de mujeres y personas trabajadoras excedentes de la central térmica, formación para residentes de la zona, inversiones en la cadena de valor provincial, participación de inversores locales en el proyecto de generación, fomento de comunidades energéticas y autoconsumo y apoyo a proyectos industriales, agrarios o sociales locales. También se priorizarán los proyectos que minimicen su afección ambiental.
El concurso pretende beneficiar a la zona de transición justa de As Pontes, compuesta por 14 municipios, de los cuales 11 pertenecen a la provincia de A Coruña: A Capela, Cabanas, Cerdido, Ferrol, Mañón, Moeche, Monfero, Ortigueira, As Pontes, San Sadurniño y As Somozas, y 3 a la provincia de Lugo: Muras, Vilalba y Xermade.
Antecedentes
La Estrategia de Transición Justa se propone optimizar los impactos positivos de la transición energética en la actividad y el empleo, así como minimizar sus efectos negativos. Para gestionar los desafíos a corto plazo del proceso de descarbonización, se busca dar respuesta al cese de la actividad de las centrales térmicas de carbón, minería del carbón y centrales nucleares sin planes de reconversión para el mantenimiento del empleo y la creación de actividad en las zonas afectadas a través del acompañamiento a sectores y colectivos en riesgo, la fijación de la población al territorio y la promoción de una diversificación y especialización coherente con el contexto socioeconómico.
Para favorecer la creación de actividad económica alternativa, el Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación, introdujo una disposición adicional en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que establece:
“Cuando se proceda al cierre de instalaciones de energía térmica de carbón o termonuclear, y para promover un proceso de transición justa, la Ministra para la Transición Ecológica, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, podrá regular procedimientos y establecer requisitos para la concesión de la totalidad o de parte de la capacidad de acceso de evacuación de los nudos de la red afectados por dichos cierres a las nuevas instalaciones de generación a partir de fuentes de energía renovables que, además de los requisitos técnicos y económicos, ponderen los beneficios medioambientales y sociales.”
Por su parte, el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, en su disposición transitoria primera, limita la posibilidad de aceptación de solicitudes de acceso en tanto se produce el desarrollo reglamentario en este ámbito, si bien establece una excepción a esta limitación para el acceso en los nudos de transición justa, que deberá otorgarse de conformidad con los procedimientos para la concesión de la capacidad de acceso de evacuación previstos en la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, antes mencionada.
En el mismo Real Decreto-Ley se establece el listado de los nudos de transición justa, incluyéndose entre ellos el nudo de la red de transporte de energía eléctrica denominado Puentes G.R. 400 kV afectado por el cierre de la central térmica de As Pontes, en Puentes de García Rodríguez (provincia de A Coruña). Sin embargo, este nudo de la red de transporte, por cuestiones técnicas, no dispone de capacidad de acceso disponible que permita la celebración de ningún procedimiento de concesión de capacidad.
Adicionalmente, el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, en su artículo 42, establece que: “Mediante acuerdo del Consejo de Ministros se podrán declarar, de acuerdo con la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, nudos de transición justa adicionales a los incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, siempre que se trate de nudos de la red de transporte o distribución donde evacúen centrales térmicas o nucleares que, o bien hayan cerrado o cuyo cierre se vaya a producir en un corto plazo de tiempo. Asimismo, también podrán formar parte de dicho listado de nudos aquellos otros que se encuentran en la misma zona de influencia eléctrica que los nudos antes señalados, o dentro de un radio de 50 km de éstos, a los efectos del otorgamiento de permisos de acceso”. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, actualizó el artículo 42 para permitir la declaración como nudos de transición justa a aquellos que se encuentren dentro de un radio de 50 km de los nudos donde evacúen centrales térmicas o nucleares que, o bien hayan cerrado o cuyo cierre se vaya a producir en un corto plazo de tiempo, a los efectos del otorgamiento de permisos de acceso.
El nudo de la red de transporte Maciñeira 400 kV se encuentra en el término municipal de As Pontes, en las inmediaciones de la central térmica y del nudo Puentes G.R. 400 kV, por lo que entra dentro de esta definición, y dispone de capacidad de acceso para generación.
Por todo lo anterior, y para poder optimizar el potencial de la instalación de energías renovables con la generación de beneficios socioeconómicos para los municipios de la zona de transición justa de As Pontes, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, celebrado el día 14 de abril de 2026, se declaró el nudo de la red de transporte de energía eléctrica Maciñeira 400 kV como nudo de transición justa.
Hasta ahora, se han celebrado los siguientes concursos de transición justa:
- Mudéjar 400kV, en Teruel, convocado mediante Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre. El concurso se adjudicó el 26 de noviembre de 2022 mediante la Orden TED/1146/2022, de 21 de noviembre.
- Lancha 220 kV, en Córdoba, convocado mediante Orden TED/823/2024, de 31 de julio.
- La Pereda 220 kV, en Asturias, convocado mediante Orden TED/1470/2024, de 19 de diciembre. El concurso se adjudicó el 23 de septiembre de 2025 mediante la Orden TED/1039/2025, de 15 de septiembre.
- Meirama 220 kV, en A Coruña, convocado mediante Orden TED/1469/2024, de 19 de diciembre.
- Narcea 400 kV, en Asturias, convocado mediante Orden TED/1471/2024, de 19 de diciembre.
En este momento, desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se está trabajando en la posibilidad de celebrar un nuevo concurso para asignar la capacidad disponible en el nudo de transición justa Maciñeira 400 kV.
Objetivo de la consulta
La presente consulta pública previa tiene como finalidad recabar las aportaciones o comentarios de cualquier persona, entidad u organización, a efectos de la elaboración de la Orden Ministerial referida.
Contenido de la consulta pública previa
1.- Preguntas relativas a las aportaciones del proyecto a la transición justa
- ¿Existen elementos particulares de la zona que considera que deberían incorporarse a la orden del concurso para asegurar la contribución del proyecto a la transición justa?
- A continuación, se muestra un listado con los aspectos que se han incluido en las órdenes de bases de otros concursos de transición justa celebrados previamente, para la valoración de los beneficios sociales que acompañarían la propuesta de instalaciones de generación renovable, y que servirán como base a la hora de incorporar a la nueva orden los criterios para el concurso en el nudo Maciñeira 400 kV. Puntúe cada uno de ellos del 1 al 5 según los considere de menos a más relevante:
- Creación de empleo en la zona, como consecuencia de la operación y mantenimiento de la instalación de generación.
- Creación de empleo en la zona, vinculado a proyectos agrícolas, industriales, sociales y empresariales desarrollados directamente por el operador o mediante acuerdos con otras empresas de la zona.
- Fomento de empleo de mujeres y para excedentes del cierre de la central térmica.
- Formación y desarrollo de capacidades para personas residentes en los municipios de la zona.
- Incorporación de soluciones para el fomento de comunidades energéticas y autoconsumo para ciudadanos, administraciones y empresas de la zona.
- Inversiones en las cadenas de valor provinciales vinculadas al desarrollo de las instalaciones de generación.
- Participación en el proyecto de generación por parte de inversores locales (particulares, empresas y administraciones de la zona).
- ¿Modificaría, añadiría o eliminaría criterios de impacto socioeconómico para la zona con respecto a los incluidos en las órdenes de bases reguladoras de los concursos de La Pereda 220 kV, Meirama 220 kV y Narcea 400 kV (creación de empleo, formación y recualificación de personas desempleadas, fomento del autoconsumo e inversiones en la zona)? Señale cuál/es y por qué.
2.- Criterios técnicos de valoración de los proyectos
¿Añadiría o eliminaría criterios técnicos con respecto a los incluidos en las órdenes de bases reguladoras de los concursos anteriormente mencionados? Señale cuál/es y por qué.
3.- Criterios de madurez de valoración de los proyectos
¿Añadiría o eliminaría criterios para valorar la madurez de los proyectos presentados de modo que se asegure su viabilidad, con respecto a los incluidos en las órdenes de bases reguladoras de los concursos anteriormente mencionados? Señale cuál/es y por qué.
4.- Criterios de impacto medioambiental de valoración de los proyectos
¿Añadiría o eliminaría criterios para la minimización del impacto medioambiental de los proyectos presentados con respecto a los incluidos en las órdenes de bases reguladoras de los concursos anteriormente mencionados? Señale cuál/es y por qué.
5.- Comentarios y propuestas adicionales
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el viernes, 24 de abril de 2026 hasta el martes, 19 de mayo de 2026
Presentación de alegaciones
Las aportaciones deben remitirse exclusivamente a través del siguiente formulario web:
Solo se considerarán aquellas respuestas de personas u organizaciones que estén correctamente identificadas.
En caso de experimentar dificultades al remitir el formulario, se recomienda usar una ventana de incógnito del navegador y borrar el caché. Adicionalmente, las preguntas tienen un límite de caracteres (5.000), las tildes cuentan como 2, y no se permite incluir caracteres especiales como puede ser el símbolo griego de incremento o de fórmulas.
Con carácter general, las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión, a excepción de los datos personales tales como el NIF, el correo electrónico, el teléfono y el nombre y apellidos de la persona que envía el formulario, y, en su caso, el nombre de la empresa u organización, que en ningún caso serán difundidos.
Una vez completada la participación, se podrá obtener un documento PDF con la información remitida. Se recomienda conservar dicho documento, ya que servirá como justificante de participación en el presente proceso.