Consulta sobre la Propuestas legislativa de Paquete de Redes Europeo (European Grids Package, COM(2025) 1005) de la Comisión Europea) compuesto por una propuesta de nuevo Reglamento TEN-E (COM(2025) 1006), una propuesta de Directiva de aceleración de autorizaciones (COM(2025) 1007) y dos documentos de orientación no vinculantes sobre conexiones eficientes a la red y sobre contratos de diferencia bidireccionales

Consulta:

Abierta

Rango de la Norma:

Reglamento Comunitario

Carácter de la consulta:

Normativas

Tipo de participación:

Consulta pública previa

Resumen

El 23 de febrero de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo para la mejora del proceso de negociación e incorporación del derecho de la Unión Europea al ordenamiento jurídico interno. Este Acuerdo tiene como finalidad mejorar la participación del Reino de España en los procesos de elaboración normativa en la Unión Europea (fase ascendente) y mejorar su aplicación y transposición (fase descendente).

Para ello se prevé la elaboración de un estudio de impacto sobre las propuestas legislativas de la Comisión Europea (EIPLE). Durante el proceso de elaboración del EIPLE se lleva a cabo un proceso de participación pública para que los ciudadanos, grupos de interés, asociaciones empresariales y sindicales, gabinetes de estudios, expertos o cualquier sector que se considere afectado por la propuesta legislativa puedan expresar su criterio.

Esta consulta tiene por objeto recabar la opinión de los actores mencionados sobre la propuesta legislativa de la Comisión que, por las competencias atribuidas a este Ministerio, recae en su ámbito de actuación.

Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

  1. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  2. Los objetivos de la norma.
  3. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
  4. En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se abre un periodo de consulta pública respecto al presente proyecto normativo.

Antecedentes

En noviembre de 2023, la Comisión Europea publicó el Plan de Acción de Redes (Action Plan for Grids), que estimó unas necesidades de inversión en redes de transmisión de electricidad de 584.000 millones de euros hasta 2030. Dicho plan identificó los principales cuellos de botella estructurales que impiden el desarrollo de las redes al ritmo que exige la transición energética.

En febrero de 2025, el Plan de Acción para la Energía Asequible (Clean Industrial Deal) comprometió a la Comisión a presentar un paquete integral de redes. Entre mayo y agosto de 2025 se llevó a cabo una consulta pública abierta y una convocatoria de evidencias. En junio de 2025, el Consejo Europeo instó a la Comisión a proponer medidas para simplificar las normas de redes, mejorar la planificación transfronteriza y acelerar las autorizaciones.

El 10 de diciembre de 2025, la Comisión Europea publicó el Paquete de Redes Europeo (European Grids Package, COM(2025) 1005), compuesto por una propuesta de nuevo Reglamento TEN-E (COM(2025) 1006), una propuesta de Directiva de aceleración de autorizaciones (COM(2025) 1007) y dos documentos de orientación no vinculantes sobre conexiones eficientes a la red y sobre contratos de diferencia bidireccionales.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma

El principal problema que aborda el paquete es la brecha entre las necesidades de infraestructura transfronteriza de electricidad e hidrógeno y el ritmo real de desarrollo.

A ello se suman los plazos de autorización, las dificultades para acordar el reparto de costes en proyectos transfronterizos y la existencia de cuellos de botella en las conexiones a la red. Por último, recientes incidentes de seguridad física y cibernética han puesto de manifiesto vulnerabilidades en las infraestructuras energéticas de la UE.

Objetivos de la norma

El objetivo general del paquete es garantizar el desarrollo oportuno y eficiente de una infraestructura energética resiliente en la UE. Para ello, las propuestas persiguen: mejorar la planificación coordinada de infraestructuras a escala europea integrando electricidad, hidrógeno y almacenamiento; facilitar el reparto de costes de proyectos transfronterizos; simplificar y acelerar los procedimientos de autorización; optimizar las conexiones a la red a través del principio «el primero listo, el primero atendido»; y reforzar la seguridad física y cibernética de las infraestructuras.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias

Como alternativas posibles a la propuesta de la Comisión:

  • No establecer ninguna nueva regulación, manteniendo el marco del Reglamento TEN-E de 2022.
  • Proceder a una revisión parcial y focalizada del Reglamento TEN-E vigente, sin derogarlo en su integridad.
  • Proceder a una revisión integral de las prescripciones relativas a los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica agrupándolos en una única directiva.

Contenido de la consulta

El Paquete de Redes Europeo, publicado el 10 de diciembre de 2025, consta de los siguientes instrumentos:

  • La propuesta de nuevo Reglamento TEN-E (COM(2025) 1006 final) deroga y sustituye al Reglamento (UE) 2022/869 y modifica los Reglamentos (UE) 2019/942 (ACER), (UE) 2019/943 (Electricidad) y (UE) 2024/1789 (Gas e Hidrógeno).
  • La propuesta de Directiva de aceleración de procedimientos de autorización (COM(2025) 1007 final) modifica la Directiva de Energías Renovables, la Directiva del Mercado Eléctrico y la Directiva del Mercado de Gas e Hidrógeno.
  • La Orientación sobre conexiones eficientes a la red (C(2025) 8473 final).
  • La Orientación sobre el diseño de contratos de diferencia bidireccionales (C(2025) 8479 final).

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el jueves, 14 de mayo de 2026 hasta el jueves, 04 de junio de 2026

Presentación de alegaciones

Las alegaciones/respuestas a la consulta deben remitirse exclusivamente a través del formulario web habilitado en la dirección:

Solo se considerarán aquellas respuestas de personas u organizaciones que estén correctamente identificadas.

En caso de experimentar dificultades al remitir el formulario, se recomienda usar una ventana de incógnito del navegador y borrar el caché. Adicionalmente, las preguntas tienen un límite de caracteres (5.000), las tildes cuentan como 2, y no se permite incluir caracteres especiales como puede ser el símbolo griego de incremento o de fórmulas.

Una vez completada la participación, se podrá obtener un documento PDF con la información remitida. Se recomienda conservar dicho documento, ya que servirá como justificante de participación en el presente proceso.

Los datos personales que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico recaba son tratados de manera confidencial conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Con carácter general las observaciones se considerarán no confidenciales y de libre difusión.

Con carácter general, las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión, a excepción de los datos personales tales como el NIF, el correo electrónico, el teléfono y el nombre y apellidos de la persona que envía el formulario, y, en su caso, el nombre de la empresa u organización, que en ningún caso serán difundidos. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación que podrán desestimarse, en su caso, también de forma motivada, conforme la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.