Audiencia e información pública sobre el proyecto de orden reguladora del procedimiento y de establecimiento de los requisitos aplicables para la concesión de la capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica disponible en el nudo de transición justa Mudéjar 400 kV como consecuencia de las modificaciones previstas en la base 23 de la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre

Consulta:

Abierta

Rango de la Norma:

Orden Ministerial

Carácter de la consulta:

Normativas

Tipo de participación:

Audiencia e información pública

Resumen

El proyecto de Orden Ministerial que se somete a audiencia e información pública tiene por objeto establecer el marco regulador del procedimiento y los requisitos aplicables para la concesión de la capacidad de acceso para evacuar energía eléctrica a la red de transporte disponible en el nudo de transición justa Mudéjar 400 kV como consecuencia de las modificaciones previstas en la base 23 de la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre. Su finalidad es compatibilizar el aprovechamiento de la capacidad disponible en el nudo con la generación de beneficios socioeconómicos en la zona de transición justa de Aragón.

Con el objetivo de favorecer la generación de actividad económica alternativa al cierre de instalaciones de energía térmica de carbón o termonuclear, en seguimiento de la Estrategia de Transición Justa, el Real Decreto-Ley 17/2019, de 22 de noviembre, introdujo una disposición adicional a la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, por la que se habilita a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a regular procedimientos y establecer requisitos para el establecimiento de un orden para la concesión de la totalidad o de parte de la capacidad de acceso en los nudos de la red afectados por dichos cierres, distintos a los establecidos con carácter general para el resto de la red de energía eléctrica. 

Con esa finalidad, por Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 263, de 3 de noviembre, se establecieron las bases del procedimiento y requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica de instalaciones de generación de procedencia renovable en el Nudo de Transición Justa Mudéjar 400 kV y se procedió a su convocatoria.  Dicho concurso fue resuelto a favor de la entidad ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L.U. por la Orden TED/1146/2022, de 21 de noviembre.

La Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, contempla en la base 23 el régimen de las modificaciones del proyecto adjudicatario, incluyendo tanto las modificaciones autorizables por circunstancias sobrevenidas (apartado 2) como las derivadas de declaraciones de impacto ambiental, criterios urbanísticos u otras causas objetivas causadas por decisiones administrativas (apartado 3). Ambas tipologías de modificaciones del proyecto pueden dar lugar, en el caso de que el mismo se viera reducido, a que la capacidad inicialmente adjudicada quedara disponible total o parcialmente. Sin embargo, no regula expresamente el tratamiento aplicable a la capacidad que, como consecuencia de las referidas modificaciones, pudiera quedar disponible con respecto a la capacidad inicialmente adjudicada.

Mediante Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 51, de 26 de febrero de 2026, se formuló la declaración de impacto ambiental del proyecto Nudo de Transición Justa Mudéjar 400 kV (DIA), promovido por la adjudicataria del concurso. 

A raíz de los condicionantes impuestos por dicha declaración de impacto ambiental, la adjudicataria presentó, al amparo de la base 23.3 de la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, solicitud de modificación del proyecto, la cual, tras ser analizada por los órganos instructor y de seguimiento del concurso, ha sido autorizada por la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía mediante Resolución de 9 de septiembre de 2026, por delegación de la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de la disposición 22ª, apartado 6, letra c) de la Orden TED/544/2026, de 28 de mayo (BOE 2-06-2026). De esta modificación ha resultado la disponibilidad de 937,1 MW de la capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica inicialmente adjudicada en el nudo de transición justa Mudéjar 400 kV.  

En atención a lo anterior, y dada la necesidad de adjudicar con carácter urgente la capacidad de acceso que ha quedado disponible en el nudo de transición justa Mudéjar 400 kV como consecuencia de las modificaciones del proyecto adjudicatario, autorizadas al amparo de la base 23 de la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, se considera necesario y procedente regular el procedimiento para la concesión de dicha capacidad. Con ello se da continuidad a la finalidad perseguida por el concurso original, orientada a sustituir la potencia desconectada de la red por nueva generación renovable e instalaciones de almacenamiento energético que contribuyan a la recuperación económica y social de la zona afectada por el cierre de la central térmica de Andorra (Teruel). Con tal fin, por concurrir razones de interés público que así lo justifican, el procedimiento para la elaboración de esta orden ha sido declarado de urgencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Para ello, la orden que se propone regula un procedimiento para la concesión de capacidad que ordena las solicitudes según el momento de su presentación, siempre que las mismas incorporen un plan socioeconómico que comprometa, por cada MW solicitado, al menos un empleo equivalente a tiempo completo (ETC), una persona formada con un mínimo de 60 horas, 2 kW de autoconsumo y 10.000 euros de inversión en la cadena de valor de Teruel. El objetivo que se persigue, al igual que en la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, es la maximización de los beneficios medioambientales y sociales para la zona de transición justa de Aragón, en aplicación de la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.  

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el viernes, 11 de septiembre de 2026 hasta el martes, 22 de septiembre de 2026

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo electrónico: nudos@transicionjusta.gob.es con el siguiente asunto: “Orden bases nudo Mudéjar”

A la hora de comunicar las observaciones o comentarios será necesario identificarse adecuadamente.

No se tendrán en cuenta las observaciones que no se presenten en la forma y fecha establecidas.

Anexos

Proyecto de Orden [PDF][243 KB]