Publicación de la Consulta pública previa sobre la elaboración de un procedimiento administrativo unificado para el otorgamiento de los permisos y autorizaciones de instalaciones de producción y de la concesión de aguas en las centrales hidráulicas reversibles

04/03/2026

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado hoy el trámite de consulta pública previa de la norma por la que se regulará el procedimiento unificado para el otorgamiento de permisos y autorizaciones de instalaciones de producción y la concesión de aguas en las centrales hidráulicas reversibles, disponible aquí.

EL ALMACENAMIENTO Y EL BOMBEO: PIEZAS CLAVE DE LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA

El almacenamiento de energía se ha convertido en uno de los factores clave para facilitar la transición energética y descarbonización de la economía garantizando la seguridad de suministro, la flexibilidad del sistema y la estabilidad de la red ante diversas condiciones de operación. Permite integrar en el sistema eléctrico la energía renovable generada en periodos de baja demanda y que ésta sea utilizada en los momentos en que se requiere su consumo. También contribuye de forma notable a la reducción de precios energéticos, suavizando el perfil de la curva diaria de precio de la electricidad en el mercado mayorista, y facilitando el acceso a este recurso imprescindible por parte de cualquier tipo de consumidor.

De entre las múltiples tecnologías de almacenamiento existentes, las centrales hidráulicas reversibles o de bombeo destacan por ser una tecnología madura con gran fiabilidad y durabilidad, elevada capacidad de almacenamiento y eficiencia. Además, en muchas ocasiones se pueden transformar centrales hidráulicas ya existentes en centrales de bombeo mediante la instalación de nuevas turbinas reversibles en cavernas subterráneas, con mínimo impacto ambiental.

TRAMITACIÓN UNIFICADA

Actualmente, un promotor que pretenda construir una central hidráulica reversible ha de solicitar múltiples permisos que son otorgados por distintas administraciones, con competencias en materia de energía, agua y medio ambiente. Los procedimientos administrativos para obtener los permisos relativos a agua y energía así como los correspondientes trámites de audiencia y consulta a las partes interesadas no están coordinados. Esto provoca ineficiencias en el proceso, lo que lleva a una elevada carga burocrática para el promotor, largos plazos para la obtención de permisos y puede dificultar la participación en las consultas de las partes menos conocedoras de los procedimientos.

Por ello, se estima necesario aprobar una norma reglamentaria que, bajo la previsión recogida en el artículo 22.2 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, regule un procedimiento unificado en materia de agua y energía para las centrales hidráulicas reversibles. Al mismo tiempo, se mantendrán los requisitos medioambientales que deben cumplir estos proyectos, permitiendo la participación en el procedimiento de todas las partes afectadas.

Por otra parte, con la regulación actual sería posible que el proyecto que resulte seleccionado para la concesión de aguas en el correspondiente procedimiento de concurrencia competitiva sea distinto al que obtiene acceso y conexión a la red de transporte de electricidad, lo cual imposibilitaría el desarrollo de cualquier proyecto en dicha localización.

La norma propuesta asegurará la coherencia entre los procedimientos de concurrencia competitiva en materia de aguas, autorizaciones administrativas del sector eléctrico y permisos de acceso y conexión a la red, evitando que haya proyectos que no puedan materializarse por falta de coordinación entre los anteriores.

El trámite de consulta pública previa permanecerá abierto hasta el 1 de abril de 2026. Las aportaciones se podrán remitir utilizando el formulario disponible en el siguiente enlace.